Nueva disposición de la Secretaría de Energía para las tarifas eléctricas para minado de criptos
La norma se refiere -específicamente- a los usuarios de minado de criptomonedas de Tierra del Fuego.
La Secretaría de Energía dispuso que el consumo de electricidad de la actividad de minado de criptomonedas no tengan subsidios del Estado nacional.
Además, se fijó que la tarifa sea casi cuatro veces mayor a la que estos usuarios venían pagando, por considerar que ello resultaría “inequitativo” con las categorías que pagan el costo pleno de abastecimiento.
“Los consumos de energía eléctrica de la actividad de minado de criptomonedas presentan un perfil de consumo caracterizado por su intensidad y constancia tanto horaria como estacional cuya irrupción presenta desafíos a la infraestructura del área de concesión a la que se conectan”, se indicó en la norma que se formalizó por medio de la resolución 40/2022 publicada en el Boletín Oficial.
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Granjas de producción cripto
La resolución se refiere específicamente a los usuarios de minado de criptomonedas del Mercado Eléctrico Mayorista del Sistema de Tierra del Fuego (Memstf), uno de los destinos más buscados por los interesados en instalar granjas de producción cripto, debido a que sus condiciones climáticas evitan la instalación de equipos de refrigeración de costos elevados.
La decisión se enmarca en la reprogramación de verano para el MEM y el Memstf para el trimestre febrero-abril, que elevara la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico (Cammesa).
Asimismo, se da a conocer poco antes de la convocatoria a la audiencia pública del 17 de febrero próximo, en la que se analizarán las propuestas de distribuidoras y transportadoras de energía en vistas a un nuevo cuadro tarifario.
En el caso concreto de las criptomonedas, en atención a que desde mediados de 2018 diferentes inversores extranjeros manifestaron su interés por establecer granjas de minado en la Patagonia y en particular en Tierra del Fuego, la Subsecretaría de Energía Eléctrica solicitó a Cammesa “información respecto a los nuevos consumos vinculados a la actividad”, con el objeto de “realizar una evaluación de la demanda actual y futura”.
“Por la disponibilidad de pago y la rentabilidad de la actividad, se considera oportuno que estos usuarios afronten el pago del precio de la energía equivalente al costo de abastecimiento, siendo inequitativo que abonen el precio de un usuario residencial u otro”, se advirtió al respecto.
Minado de criptomonedas
De esta forma, se dispuso que los usuarios de minado de criptomonedas de Ushuaia paguen un PEE de $ 4.804 por megavatio/hora y los de Río Grande $ 5.126 por Mwh, tanto en hora pico como en resto y en valle.
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Como referencia, el PEE para un usuario residencial del MEM es de $ 1.852 por Mwh en hora pico, $ 1.764 en hora resto y $ 1.676 en hora valle.
Por su parte, en el caso del no residencial los valores son de $ 2.122, $ 2.025 y $ 1.928, respectivamente.
Para los grandes usuarios de salud, educación y organismos públicos en general, el precio estabilizado de la energía para el trimestre se fijó en $ 3.042 por Mwh para la hora pico, $ 2.911 para la hora valle y $ 2.779 para la hora punta.
En cuanto a los GUDI, son la única categoría con precios superiores a los fijados para los usuarios de minado de criptomonedas: $ 8.805 por Mwh en la hora pico, $ 8.080 para la hora resto y $ 8.075 para la hora valle.