El Senado dio media sanción al nuevo régimen de biocombustibles
El proyecto de ley fue aprobado por 41 votos a favor y 25 en contra y ahora deberá ser tratado por la Cámara de Diputados. Qué podría cambiar.
El Senado de la Nación dio media sanción a un nuevo régimen para los biocombustibles que reemplazaría la Ley 27.640 y modificaría tanto los porcentajes de mezcla obligatoria con naftas y gasoil como las reglas para abastecer el mercado interno. El proyecto fue aprobado por 41 votos a favor y 25 en contra y ahora deberá ser tratado por la Cámara de Diputados.

La iniciativa establece una vigencia de 15 años y mantiene a la Secretaría de Energía como autoridad de aplicación. Entre los principales cambios, eleva progresivamente el corte obligatorio de biodiésel en el gasoil y de bioetanol en las naftas, al tiempo que incorpora un sistema de subastas y un mercado electrónico único para abastecer las mezclas obligatorias.
Qué son los biocombustibles
Los biocombustibles son combustibles producidos a partir de materias primas de origen biológico. En Argentina, los dos principales son el biodiésel, que se utiliza para mezclar con gasoil y se produce principalmente a partir de aceites vegetales, y el bioetanol, que se mezcla con naftas y se obtiene principalmente de cultivos como la caña de azúcar y el maíz.
La Ley 27.640, sancionada en 2021, define como biocombustibles al bioetanol y al biodiésel producidos en plantas instaladas en Argentina a partir de materias primas nacionales de origen agropecuario, agroindustrial o provenientes de desechos orgánicos.
El objetivo del sistema de cortes obligatorios es que una proporción de los combustibles fósiles comercializados en el país sea reemplazada por estos combustibles de origen biológico.
Qué establece actualmente la Ley 27.640
La legislación vigente fija por ley un corte obligatorio del 5% de biodiésel en el gasoil, aunque la Secretaría de Energía tiene facultades para aumentarlo o reducirlo dentro de determinados límites.
En la práctica, el porcentaje fue modificado por resoluciones posteriores. En enero de 2026, la Secretaría de Energía restableció el corte de biodiésel en 7,5%, después de haberlo reducido transitoriamente al 7% en noviembre de 2025 por el aumento del precio del aceite de soja.

Para el bioetanol, la Ley 27.640 establece un corte obligatorio del 12% en las naftas. Además, el régimen vigente contempla un esquema de abastecimiento y distribución de cantidades y precios bajo regulación de la autoridad de aplicación.
Qué cambiaría con el nuevo régimen
El proyecto aprobado por el Senado establece un corte obligatorio de biodiésel del 7,5% inicialmente. A los 12 meses de la sanción de la ley, subiría al 10% del volumen final de gasoil o diésel oil comercializado en el país.
| Régimen actual | Proyecto con media sanción | |
|---|---|---|
| Biodiésel en gasoil | 5% establecido por ley; 7,5% vigente por resolución | 7,5% inicialmente y 10% a los 12 meses |
| Bioetanol en naftas | 12% | 12% inicialmente y 15% a los 12 meses |
| Abastecimiento | Cantidades y precios regulados por la autoridad de aplicación | Subastas en un mercado electrónico único |
| Bioetanol | 6% de la mezcla obligatoria reservado a caña | 6% caña + 6% maíz |
| Nuevos combustibles | Marco centrado principalmente en biodiésel y bioetanol | Incorpora biometano y SAF/Biojet |
| Importaciones | Régimen vigente prioriza producción nacional | Permite importar ante situaciones de escasez |
En el caso del bioetanol, el corte se mantendría inicialmente en el 12%, pero pasaría al 15% a los 12 meses. El proyecto reserva además un 6% para el bioetanol elaborado a partir de caña de azúcar y otro 6% para el producido a partir de maíz.
La modificación más relevante no está solamente en los porcentajes. El proyecto busca pasar de un esquema con mayor intervención estatal en la asignación de volúmenes y precios a un mecanismo de subastas en un mercado electrónico único, con publicación de precios de referencia. También permite superar los cortes mínimos establecidos y contempla la importación de biocombustibles cuando exista escasez de abastecimiento.
El nuevo marco también incorpora reglas para la producción y comercialización de biometano y del combustible sostenible de aviación, conocido como SAF o Biojet, y establece un período de transición para el mercado de biodiésel hasta el 1° de enero de 2036.
La discusión por el impacto en los productores
Durante el debate, la modificación del esquema de abastecimiento y sus posibles efectos sobre las plantas de menor escala generaron posiciones contrapuestas, según explicaron desde el Senado en un comunicado.
El senador Flavio Fama (UCR) defendió el proyecto y sostuvo que incorpora “una visión diferente de apertura para la construcción de un mercado más competitivo”. Según planteó, el funcionamiento del mercado podría contribuir a reducir los precios de los biocombustibles.
En cambio, el senador José Mayans (Justicialista) cuestionó el impacto que los cambios podrían tener sobre empresas de distintas provincias y advirtió que “perjudica a los pequeños productores y éstos quedan en manos de los grandes”.

Mayans también sostuvo que “no podemos acompañar por solidaridad a estas provincias que, sin distinción de banderas políticas, nos están advirtiendo que se les mueren las empresas del lugar”.
Patricia Bullrich (LLA), por su parte, defendió el nuevo esquema y afirmó que “ninguna empresa puede superar el 20% de bioetanol comercializado para el corte obligatorio. Por eso es que acá se busca más jugadores y más competencia”.
“Esto es una transición, no un salto al vacío. Estamos dando tiempo, volumen y previsibilidad para competir en el mercado que viene. No los estamos dejando tirados y planteamos una capacidad de transformación en una cantidad de años”, agregó.















