Parque lineal en Caballito: la Justicia porteña avaló otra vez el pedido de los vecinos
La Cámara de Apelaciones ratificó el fallo de primera instancia que suspendió las obras que el GCBA planea construir en la avenida Honorio Pueyrredón.
La Cámara de Apelaciones de la Ciudad de Buenos Aires ratificó el fallo de primera instancia que suspendió las obras del Parque Lineal que el Gobierno porteño planea construir en la avenida Honorio Pueyrredón, en Caballito.
La Justicia porteña le dio la razón una vez más a vecinos y vecinas de Caballito, luego de considerar que el GCBA debería haber aprobado una norma en la Legislatura para habilitar la creación de lo que el Código de Tránsito y Transporte denomina “calle de convivencia”.
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A pesar de los pedidos de la Justicia de frenar con la obra, el GCBA no hace caso y, si bien está detenida, todavía no arreglaron la cuadra que destrozaron ni sacaron las vallas de obra.
En este sentido, agrupaciones barriales y vecinos autoconvocados continúan en campaña para que el proyecto se cancele definitivamente. Sin embargo, a Larreta aún le queda la posibilidad de recurrir al Tribunal Superior de Justicia (TSJ), informa el diario Página 12.
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“El texto del Artículo 6.9.6 no admite alternativas: el carácter de calle de convivencia de una arteria o tramo debe disponerse por ley”, escribieron en su resolución los jueces Horacio Corti, Gabriela Seijas y Hugo Zuleta, integrantes de la Sala N° III de la Cámara en lo Contencioso, Administrativo y Tributario de la Ciudad.
El artículo que refiere el fallo forma parte del Código de Tránsito y Transporte porteño – Ley Nº 2.148 -, que establece que no es competencia del Ejecutivo sino de la Legislatura crear “calles de convivencia”, a las que define como tramos viales “destinados preferentemente al tránsito peatonal, en las que se admite la circulación restringida de vehículos”.
Proyecto de obra en Caballito
La Ciudad planea realizar en una mano de Honorio Pueyrredón una calle de convivencia. Por eso, ya el fallo de primera instancia, al que refieren los magistrados de Cámara, el juez Víctor Trionfetti, había sido claro al señalar que “transformar una avenida de varios carriles, como lo propone la obra, importa una alteración sustantiva de las condiciones de uso”.
Y agrega: “No solo cambia el sentido de la avenida, que deja de ser doble mano, se la reduce y orienta solo de Norte – Sur, también incorpora una intervención sustantiva en materia de uso de dos de sus actuales carriles que pasan a ser un parque lineal y, por fin, una de las vías actuales se transforma en calle de convivencia, la que tiene uso específico nítidamente distinto del carril original”.
Según establece el Código, la creación de la “calle de convivencia” debía pasar por la Legislatura. Sin embargo, el Gobierno porteño decidió omitir el debate e impulsar el proyecto como una política del Ejecutivo, a través del Ministerio de Espacio Público de la Ciudad, a cargo de Clara Muzzio.
Ahora, los jueces de Cámara sentenciaron que “el Jefe de Gobierno no puede suplir la falta de ley exigida por la Ley 2.148, como tampoco pueden otros funcionarios inferiores de la Administración local”.
El fallo también indica que, en su apelación, el GCBA no explicó en qué se diferencia “la calle de convivencia proyectada de la calle de convivencia regulada en la Ley de Tránsito. Solo pretende negarle tal carácter por carecer de unos caracteres que ni siquiera menciona. Por otro lado, la falta de un acto administrativo de alcance general que prevea la creación de una calle de convivencia no mejora su posición”.
Por último, agrupaciones y vecinos argumentaron que el proyecto empeorará el tráfico vehicular, que ya está saturado en la avenida. Además, prevé otras problemáticas como caída en las ventas de los locales de la zona, al igual que un gasto innecesario para la zona.