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estrategia ambiental

Qué provincia aprobó una ley que busca prohibir los plásticos de un solo uso

La iniciativa promueve procesos de sustitución por alternativas reutilizables, compostables o biodegradables.

Jujuy aprobó una ley hacia la reducción progresiva y prohibición de plásticos de un solo uso

Además de querer producir 400.000 toneladas de hidrógeno verde, una provincia argentina puso primera y decidió crear una estrategia ambiental para profundizar en la prohibición de plásticos en todo el territorio.

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Se trata de Jujuy, donde la legislatura provincial aprobó este miércoles una ley para la creación de una estrategia ambiental de reducción progresiva y prohibición específica de plásticos en todo el territorio provincial.

Así, busca instaurar un mecanismo de prohibición gradual de los productos de material plástico destinados a ser desechados tras su primer uso, y promover procesos de sustitución por alternativas reutilizables, compostables o biodegradables.

Jujuy creó una estrategia ambiental de reducción progresiva y prohibición específica de plásticos en todo el territorio provincial.

“La idea es llegar a prohibir el uso de materiales plásticos que tanto contaminan el ambiente, a la fauna y al planeta en general”, afirmó la diputada oficialista Victoria Luna Murillo (UCR), al exponer la iniciativa y destacar que forma parte del compromiso que se está asumiendo en diferentes países.

Murillo añadió que “el plástico es un gran contaminante”, y puso de ejemplo “el sorbete o los vasos plásticos, innecesarios en muchos casos para consumir bebidas y que se usan una sola vez durante 15 minutos y tardan de 150 a 500 años en degradarse”.

Finalmente, apuntó que la iniciativa pasará a formar parte de “una más de las acciones en las que está trabajado el Gobierno de la provincia en el marco de una política denominada Jujuy Verde”.

Crear conciencia

Por otro lado, en apoyo a la propuesta desde el bloque del Frente de Todos-PJ, la diputada Valeria Gómez consideró que “la contaminación ambiental está avanzando mucho en estos tiempos”, y “es importante reducir y crear conciencia sobre los efectos negativos derivados de los productos plásticos y de su tratamiento inapropiado”.

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El proyecto, aprobado como ley 6.283, establece prohibir progresivamente la utilización de plásticos de un sólo uso y promover procesos de sustitución por alternativas reutilizables, compostables o biodegradables.

El proyecto busca promover procesos de sustitución por alternativas reutilizables, compostables o biodegradables.

Además apuesta a promover la transición hacia hábitos sociales de consumo más responsable y a concientizar sobre el impacto ambiental de ciertos productos plásticos con destino sanitario a través de reglas de etiquetado.

En tanto, apunta al cuidado de los cursos de agua y de las áreas protegidas, promoviendo la reducción de la contaminación por plásticos, microplásticos y por filtros o colillas de cigarrillos; estimular la transformación y readecuación de procesos de producción de emprendedores locales de plásticos de un solo uso biodegradables y reciclables; entre otros.

Qué implica la normativa

Sobre los productos plásticos de un solo uso, refiere prohibir el ofrecimiento a la vista, entrega al consumidor final, distribución, y el uso en la actividad comercial de carácter privado o público en el territorio provincial, de vajillas y utensilios plásticos descartables y varillas de plástico como soporte de objetos descartables, globos, o de productos de consumo como ser helados.

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También se suman hisopos y cotonetes realizados con plástico no compostable; bolsas plásticas no reutilizables y envoltorios de plástico a ser utilizados para el transporte o entrega de diarios y objetos similares.

La normativa entrará en vigencia según lo estipule la autoridad a cargo de la aplicación de la norma.

Sobre los plazos progresivos, se indica que a partir de la entrada en vigencia de la ley regirá la prohibición de ofrecimiento a la vista del cliente o consumidor.

En tanto, la prohibición de la entrega al consumidor final a título gratuito u oneroso de los productos estipulados, entrará en vigencia según lo estipule la autoridad a cargo de la aplicación de la norma, en coordinación con organismos especializados, que no deberá superar los cinco años desde la formulación de la política.

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Fecha de publicación: 01/06, 3:53 pm