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Puerto Madryn

Procesan a la pesquera Conarpesa por descargar líquidos contaminantes en Chubut

Es la primera vez que se utiliza la norma para imputar por un delito penal a una empresa jurídica en la que la víctima es el ambiente de la población.

La jueza Marcela Pérez Bogado dispuso el procesamiento como “persona jurídica” de la pesquera “Conarpesa Continental Armadores de Pesca S.A.” y a dos de sus directivos, por la presunta descarga de líquidos contaminantes provenientes de la planta de tratamiento ubicada sobre el parque industrial de Puerto Madryn, sobre el lecho del Golfo Nuevo, en Chubut.

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La información fue difundida por la oficina de prensa de la fiscalía de esa ciudad chubutense, donde se destaca que “la imputación es por el delito de contaminación ambiental, previstos en el Código Penal en relación a la Ley 24.051 de residuos peligrosos”.

La causa judicial comenzó a raíz de la publicación en redes sociales y medios de comunicación de un video donde se mostraba un líquido color rosa.

El procesamiento se conoció el martes, en el transcurso de una audiencia en la que el fiscal en jefe de Puerto Madryn, Alex Williams, realizó la imputación contra la firma hispano-argentina y, en simultáneo, dispuso la imputación sobre Nadine Parry, gerente y responsable ambiental de Conarpesa y Brahim Yoosef, encargado del sector de la planta de tratamiento de efluentes; quienes decidieron no declarar.

En la audiencia estuvo presente el presidente de la empresa, Fernando Álvarez Castellano.

La causa judicial comenzó a raíz de la publicación en redes sociales y medios de comunicación de un video donde se mostró un efluente de coloración naranja que provenía del parque industrial pesquero y desembocaba en el mar.

La Fiscalía inició una investigación de oficio para lo cual requirió la colaboración de personal de la Policía Científica, de la Secretaría de Ecología y Ambiente de la Municipalidad y del Centro Patagónico (CENPAT – CONICET).

“De la inspección ocular surgió claramente el lugar exacto de donde estaban arrojando los líquidos contaminantes” indicó en su presentación el fiscal Williams.

Si bien en la zona existe un caño autorizado para que las empresas pesqueras puedan verter líquidos tratados al mar, se descubrió en la inspección que había un caño ilegal, que no estaba declarado, y que conectaba con las instalaciones por medio de un “by pass” y desde allí se vertían líquidos sin tratar al mar.

“Por medio de un allanamiento y con la utilización de una máquina retro excavadora se logra dar con una cámara de inspección y se corroboró que desde el predio de la empresa Conarpesa existía un caño ‘by pass’ que se conectaba a las instalaciones autorizadas, para verter residuos con un líquido de color naranja-rosado que se unía al caño autorizado y vertía los líquidos sin tratar al mar”, denunciaron desde la fiscalía.

Durante la inspección se descubrió en la inspección que había un caño ilegal, que no estaba declarado.

En el pedido de apertura de investigación se deslizó la sospecha de que “Conarpesa dispuso un sistema de volcado de líquidos ‘crudos’, es decir, sin tratamiento mediante un sistema de cañerías no declarado que se une al caño troncal autorizado para el volcado de efluentes”.

“Una vez realizado el allanamiento y descubierto el sistema de volcado ilegal, el mismo se obstruyó y el volcado cesó en la zona costera. Esto así ya que antes, durante y después de la intervención del Ministerio Público Fiscal se realizaron controles simultáneos idénticos por personal de la Secretaría Ambiental en las otras empresas del parque y no se encontraron anomalías ni sistemas similares al hallado en Conarpesa para el vertido de líquidos” indica el escrito acusatorio al que tuvo acceso la agencia de noticias Télam.

Sentar un precedente

El fiscal Williams reconoció que “es la primera vez que se utiliza la norma, recientemente sancionada, para imputar por un delito penal a una empresa jurídica en la que la víctima es el ambiente de la población de la ciudad de Puerto Madryn en su conjunto”.

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El resultado de laboratorio indica que los sólidos suspendidos en el cuenco contaminante estaba 21 veces por encima de lo permitido, con exceso de amonio y fosfato.

Además se constató en el “arroyo” una carga bacteriológica 2.300 veces por encima y 2.700 veces para Escherichia coli.

Fecha de publicación: 29/03, 4:35 pm