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Ambiente dispuso un procedimiento para el manejo de residuos peligrosos en centros de atención sanitaria de emergencia

Deberá gestionarse como un trámite a distancia. Se invita a las jurisdicciones locales a adherir a la medida.

En relación a la emergencia sanitaria producida por el COVID-19, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible resolvió que las prestadoras de servicios de salud pública o privada, que en sus instalaciones o establecimientos transitorios generen residuos peligrosos y desechos clínicos resultantes de la atención médica, deberán cumplir con un procedimiento para la autorización de manifiestos de acuerdo a la Ley n.° 24051 sobre la gestión integral de los residuos peligrosos.

Para gestionar los residuos antes mencionados resultantes de la atención a pacientes, los responsables técnicos de estos establecimientos deben solicitar por expediente a través del Sistema de Trámites a Distancia la autorización como instalación sanitaria transitoria, bajo la modalidad de generador eventual.

El Ministerio de Ambiente será el encargado de analizar la información recibida y emitir las autorizaciones necesarias para la emisión de manifiestos establecidos en la Ley n.° 24051.

A través de la Resolución 120/2020, publicada hoy en Boletín Oficial, la cartera nacional pone a disposición de las autoridades provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el mencionado procedimiento —que se acompaña como anexo de la presente medida— para el caso de los residuos patogénicos cuya generación, tránsito y operación o disposición final tenga lugar íntegramente en sus respectivas jurisdicciones.

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Fecha de publicación: 22/04, 2:59 pm