Buscan establecer la mayoría digital a los 15 años y prohibir el acceso libre de menores a las redes sociales
La iniciativa de la diputada Carolina Basualdo obliga a las plataformas a verificar la edad de sus usuarios y exigir autorización parental previa para menores de 15 años. Las empresas que no cumplan afrontarán multas millonarias.
Un nuevo proyecto de ley presentado en la Cámara de Diputados de la Nación busca cambiar de manera radical la relación entre los menores de edad y el mundo digital, como intentó implementar en Francia.
La iniciativa, impulsada por la diputada Carolina Basualdo, propone fijar la mayoría digital en la Argentina a los 15 años y prohibir que niñas, niños y adolescentes por debajo de esa edad puedan crear o mantener perfiles en redes sociales sin el consentimiento previo, libre e informado de sus padres, tutores o encargados.

El proyecto surge en respuesta a una creciente preocupación global y científica. Según se detalla en los fundamentos de lanorma, el uso intensivo y no supervisado de las plataformas digitales está vinculado con un aumento severo de casos de ansiedad, depresión y trastornos del sueño en menores, además de exponerlos a riesgos graves como el ciberacoso, el grooming y contenidos nocivos.
También se cuestiona el diseño adictivo de las redes (reproducción automática, notificaciones constantes y feeds algorítmicos) pensado para maximizar la permanencia del usuario.
Qué deberán cumplir las plataformas digitales
De aprobarse la iniciativa, la responsabilidad de garantizar la seguridad digital ya no recaerá únicamente sobre las familias, sino directamente sobre las empresas proveedoras de redes sociales.
Las plataformas deberán cumplir con obligaciones clave:
- Sistemas de verificación de edad confiables: Se termina la simple autodeclaración o la casilla de fecha de nacimiento; deberán implementar mecanismos técnicos seguros que garanticen la edad real del usuario.
- Consentimiento parental trazable: Mecanismos verificables para requerir la autorización de los adultos responsables.
- Privacidad y seguridad por defecto: Las cuentas de menores de edad deberán incluir la máxima privacidad activada de fábrica. Se prohíbe por defecto la geolocalización, el perfilado para anuncios publicitarios y los algoritmos orientados a prolongar el tiempo de conexión.
- Atención humana: Las redes deberán ofrecer canales de denuncia y atención gestionados por personas humanas, garantizando además el resguardo estricto de los datos personales recopilados (en conformidad con la Ley N° 25.326).
Sanciones y multas millonarias
El proyecto prevé un régimen de penalizaciones severo para las empresas que violen estas normativas. La autoridad de aplicación que designe el Poder Ejecutivo podrá imponer desde apercibimientos hasta multas de entre 100 y 100.000 Salarios Mínimos, Vitales y Móviles (SMVM), e incluso la suspensión total o parcial de la plataforma en el país. Lo recaudado por estas sanciones será destinado a programas nacionales de educación y ciudadanía digital.
El proyecto nacional toma como referencia la vanguardia legislativa internacional. Se enmarca en decisiones adoptadas recientemente por países como Francia (pionero en instaurar la mayoría digital a los 15 años), Australia (que prohibió el acceso a menores de 16 años con la Online Safety Act), Reino Unido, el marco regulatorio de la Unión Europea (Digital Services Act) y Brasil, que puso en vigor el ECA Digital.
Asimismo, toma las recomendaciones del informe de junio de 2025 de la OCDE, que advierte sobre la necesidad de establecer umbrales claros y exigir la desactivación de algoritmos adictivos en cuentas infantiles.
De convertirse en ley, el Poder Ejecutivo tendrá un plazo de 90 días para reglamentar los mecanismos técnicos de implementación.















