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Fallo

La Justicia descartó denuncias de daño ambiental y avaló la continuidad de las obras en el Parque Saavedra

La jueza Guillermina Di Luca rechazó un amparo que buscaba frenar los trabajos en uno de los espacios verdes más emblemáticos de La Plata. El fallo sostuvo que no se acreditó la existencia de un daño ambiental cierto ni se identificaron con precisión las obras cuestionadas.

La Justicia de La Plata rechazó una acción de amparo presentada contra la Municipalidad que pretendía suspender las obras en ejecución en el Parque Saavedra, al considerar que la demanda carecía de fundamentos suficientes para demostrar un perjuicio ambiental o una afectación concreta de derechos constitucionales.

La presentación había sido realizada por el abogado Carlos Javier Ontivero, quien además solicitó una medida cautelar de no innovar para detener de manera inmediata los trabajos desarrollados en el tradicional espacio verde de la ciudad.

La resolución fue dictada por la titular del Juzgado en lo Civil y Comercial N.º 23, Guillermina Di Luca, quien decidió rechazar el planteo “in limine”, es decir, sin darle trámite, al entender que la demanda no reunía los requisitos mínimos exigidos para habilitar la vía excepcional del amparo.

El fallo recordó que esta herramienta judicial sólo procede ante actos u omisiones que impliquen una lesión actual o inminente a derechos constitucionales y que presenten una arbitrariedad o ilegalidad manifiesta. Asimismo, destacó que el amparo constituye un mecanismo extraordinario que sólo puede utilizarse cuando no existen otras vías judiciales más adecuadas para canalizar un reclamo.

Parque Saavedra: la Justicia no encontró pruebas de daño ambiental

Uno de los puntos centrales de la decisión judicial fue la falta de elementos que permitieran acreditar la existencia de un impacto ambiental concreto derivado de las obras.

Según surge de la resolución, el demandante no logró individualizar de manera precisa ninguna intervención, autorización administrativa o acto específico cuya suspensión pretendiera obtener. Tampoco presentó documentación o pruebas que permitieran demostrar, siquiera de forma preliminar, la existencia de un daño ambiental cierto, actual o inminente.

Para la magistrada, la ausencia de estos elementos impedía avanzar con un proceso excepcional como el amparo, especialmente cuando se invocan posibles afectaciones al ambiente sin respaldarlas con evidencia suficiente.

Obras en espacios verdes: las inconsistencias que marcaron el fallo

La jueza también advirtió una serie de contradicciones dentro de la propia presentación judicial. De acuerdo con el fallo, en una parte del escrito la acción parecía estar dirigida contra la empresa ABSA por presuntos inconvenientes relacionados con el suministro de agua, mientras que en otros tramos los cuestionamientos apuntaban a obras ejecutadas por la Municipalidad en el Parque Saavedra.

Para el juzgado, esta inconsistencia dificultaba determinar con claridad cuál era el acto denunciado y quién debía responder por él.

“Según se detalló, el escrito contenía contradicciones respecto del objeto de la demanda, los hechos denunciados y la identificación de los responsables de la conducta cuestionada”, señaló la resolución.

En consecuencia, la Justicia concluyó que la demanda carecía de la precisión y fundamentación necesarias para habilitar el trámite excepcional del amparo, rechazó la acción presentada e impuso las costas del proceso al demandante. Además, dispuso que las actuaciones sean archivadas una vez que la resolución quede firme.

Fecha de publicación: 04/06, 6:25 am