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Senado: dictamen unánime a un proyecto que modifica la Ley General de Ambiente

El proyecto que incorpora los principios "in dubio pro ambiente" fue respaldado por legisladores del oficialismo y de la oposición.

Senado: dictamen unánime a un proyecto que modifica la Ley General de Ambiente

Un proyecto que modifica la Ley General de Ambiente para incorporar los principios llamados “in dubio pro ambiente”, que incluirá el de “pro agua”, y “de no regresión” obtuvo dictamen unánime durante una reunión de la Comisión de Ambiente y Desarrollo Sustentable celebrada en la Cámara de Senadores de la Nación.

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La iniciativa fue respaldada tanto por los legisladores del oficialismo como de la oposición y modifica un expediente llegado en revisión de la Cámara baja y sancionado en 2019.

La iniciativa fue respaldada tanto por los legisladores del oficialismo como de la oposición.

El proyecto, que estaba a punto de perder estado parlamentario, incorporaba originalmente los principios de “in dubio pro natura” e “in dubio pro agua” como nuevas directrices rectoras de la política ambiental de la nación.

Sin embargo, los senadores decidieron modificar dos de los tres artículos que tiene la norma para incluir conceptos registrados en un proyecto presentado en 2021 por el oficialista puntano Adolfo Rodríguez Saá.

Qué se modifica

Según el nuevo proyecto, se incorporan los principios de política ambiental de “congruencia, prevención, equidad intergeneracional, precautorios, progresividad, responsabilidad, subsidiariedad, sustentabilidad, solidaridad y cooperación”.

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Además, al “principio in dubio pro natura” se lo llamará “principio in dubio pro ambiente” que incluirá el “principio pro agua”, al ser, además, castellanizado.

Balcones de la Cumbrecita, Córdoba Argentina
Los senadores decidieron modificar dos de los tres artículos.

El principio “in dubio pro ambiente” establece que “en caso de duda, las controversias deben ser resueltas de manera que favorezcan la conservación del ambiente” y afianza la idea de que “no se emprenderán acciones cuando potenciales efectos adversos impliquen alteración que modifique negativamente el ambiente”.

En cuanto al principio de “no regresión”, la nueva redacción reafirma que “la política pública y la normativa ambiental no deben ser modificadas en la medida en que ello conlleve a disminuir, menoscabar o afectar de manera negativa los umbrales y estándares de protección ambiental adquiridos”.

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Fecha de publicación: 24/11, 3:46 pm