¿Retroceso ambiental en Europa? La UE reduce las exigencias a grandes empresas
La reforma modifica dos pilares clave del marco regulatorio, y desde Bruselas sostiene que la medida impulsará la competitividad.
La Unión Europea (UE) dio este martes el visto bueno definitivo a una reforma que rebaja las exigencias en materia de sostenibilidad y diligencia debida para las grandes empresas, según informa la agencia de noticias EFEVerde.

La decisión, aprobada por los Estados miembros tras el acuerdo alcanzado en diciembre con el Parlamento Europeo, busca simplificar la normativa comunitaria y fortalecer la competitividad del bloque en un contexto económico desafiante.
La reforma modifica dos pilares clave del marco regulatorio: la Directiva sobre informes de sostenibilidad corporativa (CSRD) y la Directiva de diligencia debida en sostenibilidad (CSDDD). Ambas habían sido diseñadas para reforzar la transparencia empresarial y garantizar que las compañías identifiquen, prevengan y mitiguen los impactos sociales y ambientales de sus actividades.
Según explicó la viceministra de Asuntos Europeos de Chipre, país que ejerce la presidencia rotatoria del Consejo de la UE, el objetivo es reducir “cargas innecesarias y desproporcionadas” mediante normas “más sencillas, específicas y proporcionadas”. “Una Unión más autónoma significa también una Unión más competitiva”, afirmó.
Menos empresas obligadas a reportar
Uno de los cambios centrales afecta a la obligación de presentar informes de sostenibilidad. A partir de ahora, solo deberán hacerlo las empresas del bloque con más de 1.000 empleados y una facturación anual neta superior a los 450 millones de euros. El umbral anterior incluía a compañías con más de 250 trabajadores, lo que implica un recorte estimado del 80% en el número de firmas sujetas a la norma.
En el caso de empresas no pertenecientes a la UE, también se elevó el requisito de facturación dentro del mercado comunitario hasta los 450 millones de euros para quedar alcanzadas por la obligación de informar.
Cambios en diligencia debida y sanciones
La reforma también limita el alcance de la Directiva de diligencia debida. Solo deberán cumplirla las empresas con más de 5.000 empleados y una facturación anual neta superior a 1.500 millones de euros, frente al umbral previo de 500 trabajadores y 150 millones de facturación.

Además, se elimina la obligación de adoptar planes de transición climática y se suprime el régimen armonizado de responsabilidad civil, lo que implica que ya no habrá un marco común europeo para demandar judicialmente a las compañías que incumplan.
Las sanciones máximas también se reducen: podrán alcanzar hasta el 3% de la facturación global de la empresa. Asimismo, se introduce mayor flexibilidad para identificar impactos adversos, permitiendo a las compañías concentrarse en áreas de mayor riesgo y priorizar la evaluación de socios directos en la cadena de suministro.
La entrada en vigor de la directiva se aplaza un año más, hasta julio de 2029. Tras su publicación en el boletín oficial de la UE, los Estados miembros tendrán doce meses para transponerla a sus legislaciones nacionales.















