La Justicia intimó a la provincia de Buenos Aires a sanear el Arroyo El Gato
También recayó sobre la municipalidad de La Plata y a la empresa Aguas Bonaerenses SA. Los detalles.
La Justicia Federal platense intimó a la provincia de Buenos Aires, a la municipalidad de La Plata y a la empresa Aguas Bonaerenses SA (ABSA) a la ejecución de acciones concretas para dejar de contaminar el Arroyo El Gato mediante la instalación de barreras flotantes de contención y extracción de residuos.
//Mirá también: Córdoba: denuncian daño ambiental en el suroeste por explotación de canteras
La sentencia fue dictaminada por el Juzgado en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo Federal de La Plata N°4, a cargo del Juez Alberto Recondo, y se conoció en la últimas horas luego de años de denuncias y presentaciones sobre el estado de este cauce de agua que atraviesa a La Plata y desemboca en el Río de La Plata.
En ese aspecto, la Justicia dispuso -además- que las jurisdicciones afectadas practiquen un relevamiento de toda la extensión de los arroyos y cuenca del Río de la Plata, limitada a las aguas que bañan a las localidades de La Plata, Ensenada y Berisso, para identificar todos los puntos desde donde se produce el vertido de sustancias contaminantes.
El objetivo de la demanda
La presentación judicial había sido efectuada por la Clínica Jurídica de Derecho Ambiental de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional de La Plata (UNLP), que representó a un grupo de vecinos de Ensenada durante el proceso que desembocó en la medida cautelar dictada recientemente.
Esta demanda tiene como principal objetivo la prevención, el cese y la recomposición del daño ambiental generado en el sistema ecológico, integrado por el Río de la Plata, el Río Santiago y el Arroyo El Gato, a raíz de los efluentes cloacales provenientes de la planta de ABSA ubicada en la localidad de Ringuelet y los residuos sólidos urbanos vertidos a la cuenca hídrica como consecuencia de acciones y omisiones de la Municipalidad de La Plata y la Provincia de Buenos Aires.
En ese marco, el Gobierno bonaerense y ABSA deberán presentar un plan provisorio para evitar los daños producidos por líquidos cloacales sin tratamiento que caen en el sistema compuesto por el Arroyo El Gato, Río Santiago y Río de La Plata.
La justicia estableció -en su fallo- que todos los planes y obras posteriores deberán tener fecha de inicio y de finalización.