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La Anmat prohibió una marca de endulzante, un conocido aceite de oliva y palitos salados

Los productos infringen con el Código Alimentario Argentino, según especificó el organismo nacional. De qué marcas se trata.

La Anmat prohibió una marca de endulzante, un conocido aceite de oliva y unos palitos salados

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió la comercialización de una marca de endulzante, un reconocido aceite de oliva y unos palitos salados de tres sabores por infringir el Código Alimentario Argentino (CAA).

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Ante la necesidad de “proteger la salud de los ciudadanos”, el organismo público prohibió través de la disposición 1636/2022 publicada en el Boletín Oficial los productos rotulados como “Stevia, Endulzante Natural, Grupo Eco, Endulzando La Vida, Presentación granulado, Peso aprox. 80g., Fecha de vencimiento: Dic. 2022, Procesado y distribuido por Naturaleza Boliviana, Reg. Sanitario 028043, Caranavi, Bolivia”, porque no cumpliría la normativa alimentaria vigente.

La Anmat prohibió una marca de endulzante, un conocido aceite de oliva y unos palitos salados
La Anmat prohibió una marca de endulzante, un conocido aceite de oliva y unos palitos salados.

Así, explicaron que el Departamento de Autorización y Comercio Exterior de Alimentos del Instituto Nacional de Alimentos (INAL) no tiene “en su base de información antecedentes de registros ni ingresos al país de los mencionados productos” y, a su vez, “carecen de registros de establecimiento y de producto”.

El organismo determinó prohibir “la elaboración, el fraccionamiento y la comercialización” en todo el territorio argentino y en las plataformas de venta online de los endulzantes “a fin de proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales” porque al no contar con el registro “no pueden garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente y su inocuidad”.

Palitos salados y aceite de oliva

A su vez, la Anmat prohibió “la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional” del aceite de oliva marca “50 Olivos”.

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El organismo nacional dispuso la medida también por medio de una publicación en el Boletín Oficial por la cual se alcanza al “Aceite de oliva marca 50 Olivos, por 500cc, RNE 0241053, Elaborado por Agroliva, Libertad 1684, San Martín, Mza” ya que el producto carecía “de autorización de establecimiento y de producto”.

El aceite de oliva estaba “falsamente rotulado al consignar en su rotulo un número de RNE”.

También estaba “falsamente rotulado al consignar en su rotulo un número de RNE y de RNPA inexistentes”, por lo que resultó ser “ilegal”.

Palitos, ¿ilegales?

En base a la disposición 1584/2022 publicada este jueves en el Boletín Oficial, la Anmat también prohibió el producto: “Palitos salados marca Verónica Snacks, peso neto 1000 gr, sabores: Clásico, Jamón, Queso, Elaborado por: R.N.E: 040036624, Envasado por: Verónica Snacks, Luca, Córdoba, R.N.E: 04004883, R.N.P.A: 04035072”.

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En tanto, la Dirección General de Control de la Industria Alimenticia de la provincia de Córdoba notificó que “el RNE 04004883 pertenece a otra razón social y se encuentra dado de baja, que el RNE 040036624 es inexistente y que el RNPA se corresponde a otro producto de una razón social diferente”.

La Anmat prohibió la comercialización de los “palitos salados marca Verónica Snacks”.

¿Por qué están en infracción? El texto indica que no cumplen con el artículo 3° del CAA “por carecer de registros de establecimiento y de producto, y consignar en su rótulo información perteneciente a otra razón social y producto, resultando ser en consecuencia productos ilegales”.

“Por tratarse de productos que no pueden ser identificados en forma fehaciente y clara como producidos, elaborados y/o fraccionados en un establecimiento determinado, no podrán ser elaborados en ninguna parte del país, ni comercializados ni expendidos en el territorio de la República”, añade.

Fecha de publicación: 03/03, 9:50 am