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Descargo

La Corte Suprema aclaró qué resolvió y qué no sobre la Ley de Tierras

El máximo tribunal emitió un comunicado para aclarar el alcance de la sentencia sobre el Centro de Excombatientes Islas Malvinas de La Plata y su relación con el DNU 70/2023 y la Ley de Tierras.

Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Ricardo Lorenzetti miembros de la Corte Suprema de Justicia de la Nación

Ante las críticas, la Corte Suprema de Justicia de la Nación difundió una aclaración sobre la sentencia dictada el miércoles en la causa iniciada por el Centro de Excombatientes Islas Malvinas de La Plata (CECIM) y sostuvo que el Tribunal solo resolvió un aspecto procesal vinculado con la legitimación de la asociación para solicitar una medida cautelar.

También remarcó que la controversia de fondo sobre la Ley de Tierras y el artículo 154 del DNU 70/2023 todavía no fue resuelta.

La Corte Suprema aclaró qué resolvió y qué no sobre la Ley de Tierras. Crédito: Economía Sustentable

En un comunicado dirigido a la opinión pública, la Corte señaló que buscaba “despejar dudas que se han generado en relación a la sentencia dictada en la causa “Cecim c. el Gobierno Nacional””.

Según explicó el máximo tribunal, en el expediente “sólo se decidió un aspecto procesal, que se refiere a la legitimación de una asociación para obtener una medida cautelar; y se ajusta estrictamente a todos los precedentes de esta Corte Suprema”.

La aclaración se produce luego de las interpretaciones sobre los alcances del fallo y su posible impacto sobre las medidas cautelares vinculadas con el régimen de tierras rurales.

Qué dijo la Corte sobre las medidas cautelares

El Tribunal sostuvo que la sentencia no impide que continúen otros procesos judiciales con el mismo objeto. “La sentencia no afecta a otras medidas cautelares con el mismo objeto que están en trámite en distintos tribunales”, afirmó la Corte.

Además, aclaró que cualquier persona que considere inconstitucional el régimen legal de tierras puede recurrir a la Justicia para solicitar una medida cautelar.

“Tampoco impide que toda persona que considere que el régimen legal de tierras es inconstitucional, peticione una medida cautelar, cuya procedencia decidirá un juez competente“, indicó.

En el mismo comunicado, la Corte también se refirió a las críticas surgidas tras el fallo y sostuvo que los distintos sectores interesados en la discusión pueden recurrir a las vías judiciales.

“Los grupos de interés que presionan sobre el tema, también pueden recurrir al reclamo judicial, lo que, en una democracia, es más adecuado que la promoción de discursos de odio y descalificación en las redes sociales”, señaló.

La discusión sobre el DNU 70/2023

La Corte también aclaró que su decisión no interfiere con el tratamiento legislativo del DNU 70/2023.

“Tampoco se obstaculiza la función del Honorable Congreso de la Nación en el tratamiento de este aspecto del DNU 70/2023“, sostuvo el Tribunal.

El comunicado recordó que el Senado rechazó el decreto el 14 de marzo de 2024 y señaló que el tratamiento continúa en la Cámara de Diputados.

Qué dijo sobre la Ley de Tierras

Uno de los puntos centrales de la aclaración está relacionado con la Ley 26.737, que establece el Régimen de Protección al Dominio Nacional sobre la propiedad, posesión o tenencia de tierras rurales, y con el artículo 154 del DNU 70/2023.

La Corte sostuvo que esa controversia todavía no fue analizada en el expediente del CECIM.

“La controversia referida a la ley de tierras, es decir, el artículo 154 del DNU 70/2023 y la vigencia de la ley 26.737, (Régimen de Protección al Dominio Nacional sobre la propiedad, posesión o tenencia de tierras rurales, no ha sido resuelta en este caso, como se aclaró expresamente”, remarcaron.

En ese sentido, el máximo tribunal remarcó que todavía no existe una posición de la Corte sobre la constitucionalidad o vigencia del régimen legal.

“La Corte se expedirá sobre las normas jurídicas conocidas como ley de tierras cuando lleguen esos reclamos, lo que no ha ocurrido hasta el momento. De modo que no puede interpretarse de ninguna manera que exista una posición del Tribunal o de los ministros sobre el referido régimen“, concluyó el comunicado.

La Corte también defendió su trayectoria en materia ambiental y sostuvo que “ha ejercido un liderazgo en la a protección de los recursos naturales, el ambiente y los bienes colectivos durante muchos años”. A la vez, afirmó que “La crítica es correcta; la descalificación y el odio sólo deterioran las instituciones y la democracia”.

Fecha de publicación: 01/10, 4:52 pm