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Certificado de Crédito Fiscal

Suben casi un 45% el beneficio para usuarios que sean generadores de energía eléctrica

Se trata del Beneficio Promocional de Certificado de Crédito Fiscal del Régimen de Fomento a la Generación Distribuida de Energías Renovables.

La Subsecretaría de Energía Eléctrica dispuso un aumento del 44,4% de beneficio para quienes sean usuarios generadores de energía eléctrica, según la disposición 33/2022 publicado en el Boletín Oficial.

Suben casi un 45% el beneficio para usuarios que sean generadores de energía eléctrica

La misma elevó de 45 a 65 pesos por vatio inyectado a la red el Beneficio Promocional de Certificado de Crédito Fiscal del Régimen de Fomento a la Generación Distribuida de Energías Renovables, contenido en la Ley 27.424.

El beneficio será para las y los usuarios generadores que hayan instalado un equipo de generación distribuida con conexión a la red de distribución en los términos establecidos en la Ley 27.424. Asimismo, se elevó el monto máximo a otorgar por este beneficio a cada usuario generador, de $3 millones a $4,5 millones.

La ley 27.424 tiene como objeto fijar las políticas y establecer las condiciones jurídicas y contractuales para la generación de energía eléctrica de origen renovable por parte de usuarios de la red de distribución, para su autoconsumo con eventual inyección de excedentes a la red, y establecer la obligación de los prestadores del servicio público de distribución de facilitar dicha inyección, asegurando el libre acceso a la red de distribución.

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El Certificado de Crédito Fiscal se otorga a aquellas personas de las jurisdicciones que hubieran adherido íntegramente al Régimen de Fomento a la Generación Distribuida de Energía Renovable Integrada a la Red Eléctrica Pública, y que hayan obtenido el correspondiente Certificado de Usuario-Generador.

Por otra parte, la Secretaría de Energía prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2025 la fecha límite de las concesiones provisorias de 13 represas hidroeléctricas, localizadas en las provincias de Mendoza, San Juan, La Pampa y Jujuy.

La extensión de los permisos fue dispuesta a través de las resoluciones 534/2022, 535/2022, 536/2022, 537/2022, 538/2022, 539/2022, 541/2022, 542/2022, 543/2022, 544/2022, 545/2022, 546/2022 y 551/2022, publicadas hoy en el Boletín Oficial.

Las centrales comprendidas son las de San Martín, La Lujanita, Los Coroneles, El Carrizal, Cacheuta, Triple Salto Unificado, Canal Cacique Guaymallén, Tiburcio Benegas todas en la provincia de Mendoza; Salto de la Loma y Los Caracoles, en la San Juan; Casa de Piedra en la de La Pampa; y Reyes en la de Jujuy.

Las renovaciones de estos permisos provisorios se autorizaron debido a que “aún no se han perfeccionado los procedimientos previos a la suscripción del Contrato de Concesión previsto en la Ley Nº 15.336”, según indican los considerandos.

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Fecha de publicación: 19/07, 3:50 pm