Revés judicial para una empresa pesquera acusada de contaminar el mar

El Superior Tribunal de Justicia de Chubut anuló la absolución dictada en la causa por presunta contaminación del Golfo Nuevo y ordenó la realización de un nuevo juicio contra dos responsables de la empresa pesquera Conarpesa, al considerar que el fallo original presentaba deficiencias jurídicas.

La decisión, adoptada por unanimidad, hizo lugar a la impugnación presentada por el Ministerio Público Fiscal de Chubut y dejó sin efecto la sentencia absolutoria emitida por la jueza Patricia Reyes. De esta manera, otro tribunal deberá volver a analizar la prueba producida durante el proceso y dictar un nuevo fallo, informaron desde el Ministerio.

Revés judicial para una empresa pesquera acusada de contaminar el mar.

La investigación se originó tras la detección de un sistema clandestino de descarga de efluentes industriales sin tratamiento al mar. Durante el juicio oral, el fiscal Alex Williams sostuvo que desde la planta de tratamiento de efluentes de Conarpesa se permitieron vertidos de residuos líquidos que superaban ampliamente los límites establecidos por la normativa ambiental.

Al apelar la absolución, la Fiscalía argumentó que la sentencia contenía una errónea aplicación de la ley penal, una fundamentación insuficiente y contradicciones que comprometían su validez. El Superior Tribunal compartió esos cuestionamientos y resolvió que el expediente vuelva a ser juzgado.

Qué dice la causa

La acusación del Ministerio Público Fiscal apunta contra Nadine Parry, responsable ambiental de la empresa, y Josep Vargas, encargado de la planta de tratamiento de efluentes. Ambos fueron imputados por haber dispuesto un sistema clandestino de vuelco de líquidos industriales sin tratamiento al Golfo Nuevo durante al menos dos jornadas de febrero de 2023.

De acuerdo con las pericias incorporadas al expediente, las muestras tomadas durante la investigación registraron niveles de materia orgánica muy por encima de los permitidos por la legislación ambiental. Mientras la normativa fija un límite de hasta 50 miligramos por litro, los análisis detectaron concentraciones superiores a los 1.500 miligramos por litro.

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