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Alimentación saludable

Ley de etiquetado frontal: cuándo llegan los alimentos etiquetados a las góndolas

El Ministerio de Salud informó la fecha y aprobó un 35% de solicitudes de prórroga en la implementación de estos sellos de advertencia.

Argentina ya cuenta con la ley de etiquetado frontal y ahora solo resta que las grandes cadenas alimenticias comiencen a aplicar lo que indica la normativa.

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Por lo pronto, se conoció cuándo empezarán a aparecer los envases de alimentos y bebidas rotulados según indica la ley vigente.

Las empresas pequeñas o medianas tienen un plazo mayor de tiempo para incorporar el etiquetado.

Según informó el Ministerio de Salud, los alimentos aparecerán después del 20 de agosto en los supermercados con etiquetas en las que se advertirá al consumidor sobre el contenido en exceso de azúcares, grasas totales, grasas saturadas, calorías y sodio de acuerdo con la ley 27.642 publicada en el Boletín Oficial en noviembre del año pasado.

Más plazo

Cabe destacar que las empresas pequeñas o medianas tienen un plazo mayor de tiempo para incorporar el etiquetado, que se prolonga hasta el 20 de febrero de 2023.

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En tanto la cartera a cargo de Carla Vizzotti, informó que aprobó un 35% de solicitudes de prórroga en la implementación de estos sellos de advertencia, sobre un total de 2.658 pedidos. “Del total de registros con autorización sanitaria, solo un 3,13% fueron prorrogados y corresponden en su mayoría a grandes empresas y pymes”, subrayaron.

Los pedidos de prórroga pueden realizarse en los casos que “exista una limitación con motivos justificables en el cumplimiento del cronograma de implementación para la adecuación a la declaración del rotulado frontal”, destacó la cartera.

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Los principales rubros que se presentaron son golosinas, mermeladas, jaleas, dulces y confituras (21,62%).

Los principales rubros que se presentaron son golosinas, mermeladas, jaleas, dulces y confituras (21,62%); panificados y galletitas (15%); embutidos y conservas cárnicas (14,45%); lácteos (11,27%); bebidas analcohólicas (10,63%); frutas y verduras procesadas (7,39%).

También cereales y pastas (6,55%); salsas y aderezos (5,19%); postres y polvos para preparados (2,96%); snacks (2,16%); helados (1,09%); sopas y caldos (1,02%); café y té (0,67%).

Más herramientas

La Administración Nacional de Medicamentos Alimentos y Tecnología (Anmat), implementó el Sistema de Declaración de Sellos y Advertencias Nutricionales que establece las gestiones, procedimientos, plazos y especificaciones respecto a la declaración jurada, las solicitudes de prórroga y la solicitud de casos especiales.

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Con esta herramienta junto al Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos (Sifega) se puede elaborar una “calculadora de sellos”, un instrumento de acceso público y abierto que permite realizar los cálculos que indican cuáles son los productos cuyos nutrientes críticos son iguales o superiores a los límites definidos en la ley.

La Anmat implementó el Sistema de Declaración de Sellos y Advertencias Nutricionales.

A estas herramientas se agregan el “Buscador Público de Declaraciones Juradas” que cuenta con información consolidada para la consulta en línea de los productos alimenticios con sellos de advertencias y leyendas precautorias.

También está a disposición la “Gestión de Declaración Jurada del Sistema de Sellos y Advertencias Nutricionales”, una herramienta actualizada con el contenido de nutrientes críticos y calorías y la presencia de edulcorantes y/o cafeína de los alimentos y bebidas analcohólicas alcanzados por la ley.

Además en la página de la ANMAT esta publicado el “Sistema de Sellos y Advertencias” donde se encuentran disponibles una amplia variedad de recursos para la implementación del etiquetado nutricional frontal.

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Fecha de publicación: 28/07, 2:24 pm