Confirman el procesamiento y embargo a representantes de un frigorífico por contaminar el agua
Deberá pagar 2 millones de pesos sobre sus bienes por considerarla autora del delito de contaminación de aguas de un modo peligroso para la salud.
La Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán confirmó el procesamiento de la representante de un frigorífico por verter efluentes sin tratamiento en la cuenca del río Salí-Dulce, al rechazar el recurso presentado por la defensa de la cooperativa que opera la empresa.
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Los camaristas Marina Cossio, Marcela Moltini, Ricardo Sanjuan y Mario Rodolfo Leal -quien votó en disidencia- confirmaron el procesamiento sin prisión y el embargo de 2 millones de pesos sobre sus bienes, por considerarla autora del delito de contaminación de aguas de un modo peligroso para la salud, informó este jueves el sitio fiscales.gob.ar.
La investigación se originó en febrero de 2017 por la denuncia anónima presentada por una vecina de la zona ante la delegación local de la Policía Federal Argentina (PFA), en la que daba cuenta que sobre la costanera de la ciudad de La Banda del Río Salí funcionaba un matadero cuyos residuos contaminantes eran vertidos sin tratamiento al curso de agua.
La denuncia recayó en el Juzgado Federal N°2 de Tucumán, que delegó la investigación en la Fiscalía Federal N°1, a cargo de Carlos Alfredo Brito.
Qué encontraron en el agua
Los peritos establecieron que los valores de concentración para los metales plomo y cobre, presentes en la cámara, aguas arriba y aguas abajo, excedían diez veces los niveles guía admitidos para la calidad de agua para protección de vida acuática, de acuerdo con la Ley de Residuos Peligrosos.
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En ese contexto, la fiscalía solicitó el allanamiento del predio, que se realizó en octubre de 2018, a fin de obtener muestras de los líquidos y constató además que el frigorífico contaba con una planta de tratamiento de afluentes aeróbica.
En febrero de 2020, el Cuerpo de Investigaciones Fiscales del Ministerio Público de Salta (CIF)informó que los valores de concentración para los metales plomo y cobre, presentes en la cámara, aguas arriba y aguas abajo, exceden los niveles guía admitidos para la calidad de agua para la protección de vida acuática, de acuerdo con la Ley de Residuos Peligrosos.
En base a las pruebas recolectadas, la fiscalía solicitó la indagatoria de la presidenta de la cooperativa.
El 9 de agosto de 2022 el juez Fernando Poviña dispuso el procesamiento sin prisión preventiva de la mujer y el embargo de sus bienes.
La medida fue recurrida por la defensa, al considerar que la investigación había omitido la circunstancia de que todos los inmuebles de cinco cuadras hasta el río arrojan sus cloacas y pluviales al mismo canal municipal donde vierte el frigorífico.
“Aún en el caso de que los vecinos de la zona utilizaran el mismo canal para la descarga de aguas cloacales y pluviales, dicha circunstancia no modifica el hecho de que los valores eran excesivos en el punto de vuelco del frigorífico, previo a su ingreso al canal”, sostuvo la Cámara Federal.