La empresa Suizo Argentina busca instalar un megadepósito en Villa Lugano bajo evaluación ambiental
La Agencia de Protección Ambiental porteña convocó a una audiencia pública para analizar la instalación de un centro logístico destinado al almacenamiento y distribución de medicamentos y otros productos farmacéuticos. El proyecto fue categorizado como de Impacto Ambiental con Relevante Efecto por su escala y las condiciones previstas en la normativa.
La empresa Suizo Argentina SA proyecta instalar un establecimiento mayorista con depósito logístico de más de 24.460 metros cuadrados en Villa Lugano, en la Ciudad de Buenos Aires. La iniciativa quedó bajo evaluación de la Agencia de Protección Ambiental (APRA), que convocó a una audiencia pública para analizar sus posibles efectos ambientales antes de una eventual autorización.
La convocatoria se formalizó mediante la Resolución 267/APRA/26, publicada en el Boletín Oficial porteño. El predio está ubicado en el entorno de las calles Cañada de Gómez, Santander y Saraza, dentro de la Comuna 8, y comprende una superficie total de 24.460,42 metros cuadrados.

El establecimiento estará destinado al almacenamiento y la distribución mayorista de drogas, especialidades medicinales, medicamentos envasados, productos de herboristería, perfumes, artículos de higiene y tocador, además de accesorios para farmacias y hospitales.
La dimensión del proyecto fue uno de los elementos considerados en la evaluación administrativa. La APRA determinó que la iniciativa corresponde a la categoría de Impacto Ambiental con Relevante Efecto (C.R.E.), por lo que debe atravesar una instancia de participación ciudadana antes de que se resuelva la emisión del Certificado de Aptitud Ambiental.
Suizo Argentina y un depósito logístico de más de 24.000 metros cuadrados
El proyecto prevé concentrar en un único establecimiento distintas actividades vinculadas con la distribución de productos farmacéuticos y sanitarios. Por su superficie y las características de la operación, la iniciativa quedó sujeta a una evaluación ambiental específica.
Según la evaluación técnica de la APRA, aunque la actividad comercial prevista puede encuadrarse inicialmente en una categoría que admite la tramitación mediante declaración jurada, existen condiciones normativas que justifican un análisis de mayor alcance.
La legislación ambiental porteña establece que las obras que ocupan más del 50% de una manzana y requieren autorizaciones particulares se presumen de relevante efecto ambiental. En ese marco, la agencia analizó el expediente y el estudio de impacto ambiental presentado por la empresa antes de resolver la convocatoria a audiencia pública.
La clasificación no implica por sí misma que el proyecto haya sido rechazado ni que se hayan comprobado daños ambientales. Sí determina que la iniciativa debe someterse a un procedimiento de evaluación que permita considerar sus características y las observaciones que puedan formularse antes de una decisión administrativa.
La información disponible no detalla cuáles serían los impactos específicos identificados para el entorno ni qué medidas de mitigación se exigirían. Esos aspectos resultan relevantes para determinar cómo podría afectar la instalación a la zona y qué condiciones debería cumplir para obtener la habilitación ambiental correspondiente.

La audiencia pública por el proyecto en Villa Lugano es consultiva
La organización quedó a cargo de la Subsecretaría de Vinculación Ciudadana, mientras que la presidencia fue delegada en Josefina María Pena Podrez, directora general de Evaluación Ambiental de la APRA.
La instancia busca habilitar la participación ciudadana en el análisis de una iniciativa de gran superficie dentro de la Ciudad de Buenos Aires. Durante el encuentro pueden exponerse opiniones y observaciones sobre el proyecto, que deberán ser consideradas en el proceso de evaluación.
Sin embargo, las intervenciones no son vinculantes. Esto significa que las opiniones expresadas no obligan a la autoridad a adoptar una decisión determinada, aunque el organismo responsable debe explicar cómo fueron consideradas y, si corresponde, por qué fueron desestimadas.
La audiencia constituye una etapa previa a la eventual emisión del Certificado de Aptitud Ambiental. Por lo tanto, su realización no equivale a una aprobación definitiva del depósito ni confirma que la empresa ya cuente con autorización ambiental para desarrollar la actividad.














