ANMAT prohibió un raticida sin registro sanitario en todo el país
El organismo prohibió en todo el país un raticida que no contaba con registro sanitario vigente. También dio de baja a una empresa importadora de productos médicos.
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió el uso, la comercialización, la distribución y la publicidad en todo el territorio nacional del raticida “SUPERCygonazo”, luego de verificar que el producto no cuenta con inscripción sanitaria vigente.
La medida fue establecida mediante la Disposición 5707/26 y alcanza al producto que se presenta como un rodenticida de dosis única, elaborado con bromadiolona y comercializado como cebo en granos de cereal.

En su envase figura como fabricante la firma Mendizabal, Ferraro y Larrinaga S.R.L., con domicilio en Munro, provincia de Buenos Aires, y los registros RNE N° 020046345 y RNPUD N° 0250001.
Sin embargo, ANMAT constató que el producto actualmente no cuenta con un registro vigente. La empresa había estado inscripta como establecimiento elaborador de productos domisanitarios y el raticida había sido registrado bajo el RNPUD N° 0250001.
La situación cambió en 2025. Mediante la Disposición 6153/2025, ANMAT dio de baja la habilitación de la firma porque no había solicitado su reinscripción en el Registro Nacional de Establecimientos Domisanitarios. Como consecuencia, también fueron dados de baja los productos que estaban bajo su titularidad.
Qué dijo ANMAT sobre el raticida
El organismo recordó que los productos domisanitarios deben contar con las habilitaciones y registros sanitarios correspondientes para poder ser elaborados y comercializados, como lo hizo con un laxante que retiró del mercado.
En este caso, la falta de registro impide verificar las condiciones en las que fue fabricado el producto. Según explicó ANMAT en un comunicado, “al encontrarse el producto sin registro vigente, se desconocen sus condiciones de manufactura y no se puede garantizar su seguridad y calidad”.
Por ese motivo, la disposición establece la prohibición de uso, comercialización, distribución y publicidad del SUPERCygonazo en todo el país. La medida alcanza a todas las actividades vinculadas con el producto.
ANMAT también dio de baja a una importadora de productos médicos
En otra medida, ANMAT dispuso la baja del Certificado de Inscripción y Autorización de Funcionamiento de REHUE S.A., una empresa habilitada como importadora de productos médicos, y prohibió en todo el país el uso, la comercialización y la distribución de todos los productos importados por la firma. La decisión se tomó luego de una inspección en la que se constató que el domicilio declarado como depósito funcionaba desde hacía unos seis meses como una escuela de boxeo.
Los inspectores también verificaron que la empresa no había iniciado ningún trámite para habilitar un nuevo domicilio ante ANMAT. Por este motivo, el organismo canceló el Certificado de Cumplimiento de Buenas Prácticas de Fabricación N° 17/18 e inició un sumario sanitario contra REHUE S.A. y quien ejerza su dirección técnica por los presuntos incumplimientos detectados.















