Tasaron en US$ 40 mil a cuatro pingüinos del exAquarium y un abogado denuncia una “ilegalidad manifiesta”

Cuatro pingüinos saltarines que permanecen en el predio del exAquarium de Mar del Plata fueron incorporados como “bienes de cambio” al proceso de quiebra de la empresa que administraba el complejo y tasados en US$ 40.000 para una eventual venta al exterior.

La situación fue cuestionada por Lucas Micheloud, abogado, docente y director ejecutivo de la Asociación Argentina de Abogados y Abogadas Ambientalistas (AAdeAA), quien calificó la operación como “una ilegalidad manifiesta”.

En diálogo con Ecos de Mañana, programa que se transmite por LU9 Mar del Plata, Micheloud sostuvo que los animales no pueden ser considerados cosas ni activos destinados a saldar las deudas de una empresa.

Cuatro pingüinos del exAquarium de Mar del Plata fueron tasados en US$ 40.000 y considerados “bienes de cambio” dentro de la quiebra de la empresa, con una eventual venta al exterior como destino

El abogado remarcó que la operación se desarrolla “dentro de un expediente concursal, sin dar autorización o sin dar intervención para que la autoridad ambiental intervenga”. También advirtió que existe “una denuncia penal en curso” y reclamó que la Justicia ordene que los animales que estén en condiciones sean restituidos a su hábitat natural “a costa y cargo de la empresa” que, según planteó, lucró durante tres décadas con la fauna marina.

Cuatro pingüinos del exAquarium fueron tasados en US$ 40.000

Según el último informe de la sindicatura, a cargo de Andrea Alejandra Hoff, cuatro ejemplares de la especie Eudyptes chrysocome, conocida como pingüino saltarín o de penacho amarillo, fueron valuados en 56,8 millones de pesos, equivalentes a US$ 40.000 al tipo de cambio de $1.420 utilizado en la presentación.

La incorporación al activo está condicionada a que se concrete una venta al exterior a una institución internacional calificada. Hasta el momento no existe un comprador identificado ni una operación cerrada.

En el predio permanecen 59 pingüinos: 53 magallánicos, dos de la variedad rey y los cuatro saltarines incluidos en la tasación. Los animales continúan bajo el cuidado de los últimos empleados del complejo.

El exAquarium, ubicado junto al Faro de Punta Mogotes, cerró sus puertas el 31 de marzo de 2025, luego de que The Dolphin Company, multinacional mexicana que controlaba Plunimar, no renovara el alquiler del terreno.

Posteriormente, la empresa entró en cesación de pagos en enero de 2026 y la quiebra fue declarada el 20 de febrero por el Juzgado Nacional en lo Comercial N°20, a cargo del juez Eduardo Malde.

La tasación de los pingüinos se suma a otras operaciones realizadas durante el proceso. A fines de 2025, diez delfines nariz de botella fueron trasladados a un acuario de Hurghada, Egipto, por US$ 800.000. Además, los últimos lobos marinos fueron reubicados recientemente en Mundo Marino, en San Clemente del Tuyú.

El abogado cuestionó que los pingüinos sean tratados como bienes

El abogado ambientalista Lucas Micheloud calificó la operación como “una ilegalidad manifiesta” y reclamó que los pingüinos sean restituidos a su hábitat natural, al considerar que no pueden ser tratados como activos para saldar deudas

Para Micheloud, el caso excede la discusión económica y plantea un problema “ético, filosófico y también jurídico”. El abogado rechazó que los pingüinos sean tratados como “cosas muebles semovientes”, categoría desde la cual, según explicó, estarían siendo considerados por la sindicatura y la empresa dentro del proceso de quiebra.

En esa línea, sostuvo que “los cuatro pingüinos que se han puesto en venta son sujetos de derechos”, debido a que tienen capacidad de sentir y sufrir. Desde esa perspectiva, afirmó que la práctica que “la justicia pretende naturalizar” resulta, para la asociación ambientalista, “ilegal”.

El antecedente de Punta Tombo

Micheloud respaldó su planteo en el juicio por la masacre de pingüinos de Punta Tombo, en Chubut, proceso en el que la AAdeAA actuó como querellante.

El abogado calificó aquel proceso como “histórico” y sostuvo que allí se reconoció a los pingüinos como seres con capacidad de sufrir.

El juicio terminó con la condena a Ricardo La Regina a tres años de prisión de ejecución condicional por daño ambiental agravado y crueldad animal. El fallo incorporó además la figura del “ecocidio”, según el voto del juez Carlos Richieri.

Micheloud utilizó ese antecedente para cuestionar que la fauna pueda quedar sujeta a apropiación privada y ser considerada un activo dentro de un proceso concursal.

Las leyes que, según Micheloud, deberían intervenir

El abogado también enumeró un conjunto de normas que, según afirmó, estarían siendo omitidas en el trámite de la quiebra: la Ley 14.346 de maltrato animal, la Ley 22.344, que incorpora la CITES, la Ley General del Ambiente 25.675 y el artículo 20 de la Ley 22.421 de conservación de la fauna.

Esta última norma faculta a la autoridad de aplicación a prohibir la caza, el comercio interprovincial y la exportación de ejemplares de especies en retroceso o amenazadas.

Micheloud sostuvo que “no puede el patrimonio de una empresa en quiebra incluir seres vivos sintientes como activos de cambio para pagar deuda sin que intervengan las autoridades ambientales”.

También planteó que la Ley de Concursos y Quiebras, que regula la realización de los bienes del fallido, “no puede ir en contra de normas de orden público, en este caso ambientales”. Para el abogado, los pingüinos son “en todo caso, bienes de dominio público”.

La crítica al modelo de los acuarios

El director ejecutivo de la AAdeAA cuestionó además el argumento del “rescate” utilizado por establecimientos que mantienen animales en cautiverio.

Según su mirada, “bajo la apariencia del rescate, lo que hace realmente” este tipo de establecimientos es “capturar a estos animales no humanos, ponerlos al servicio del entretenimiento” y de “los negocios privados”.

Micheloud señaló que, después de aproximadamente tres décadas de explotación de unos 60 pingüinos y otras especies, cuando la empresa deja de contar con recursos, en lugar de garantizar “el restablecimiento en su hábitat natural”, los animales terminan puestos a la venta.

“Contradice el sentido común”, planteó el abogado, al cuestionar que animales mantenidos durante años en cautiverio “terminan en el mercado internacional”, destinados a otros acuarios.

“Comprar un pingüino” podría constituir un delito

Consultado sobre la posibilidad de que un particular compre uno de los ejemplares, Micheloud fue categórico: “por supuesto que no”.

El abogado advirtió que quien adquiriera uno de los animales “de manera privada tiene que saber que está cometiendo un delito”, debido a que la legislación sobre fauna prohíbe la captura de animales silvestres.

Por último, diferenció las responsabilidades económicas dentro del proceso y sostuvo que el costo de la situación no debería recaer sobre los trabajadores, sino “sobre los que lucran, sobre los responsables, sobre los directivos”.

Para Micheloud, la Justicia debería exigir que los animales que estén en condiciones sean devueltos a su hábitat natural con cargo a la empresa que obtuvo beneficios durante tres décadas.

Iván Mónaco: Periodista