ONG ambientalista vs. YPF y Pampa Energía: la Corte tomó decisión clave para Vaca Muerta

En un escenario donde la seguridad jurídica es el activo más preciado para atraer inversiones bajo el régimen oficial de incentivos más conocido como RIGI, la Corte Suprema de Justicia de la Nación acaba de dictar un fallo clave que trae alivio a las principales operadoras de la Cuenca Neuquina.

El máximo tribunal rechazó una medida cautelar impulsada por la Asociación de Superficiarios de la Patagonia (ASSUPA) contra Pampa Energía, YPF, y otras compañías del sector, por presuntos incidentes ambientales en la zona de Vaca Muerta.

La entidad demandante es una organización civil sin fines de lucro con sede en Neuquén, dedicada a defender los derechos de propietarios rurales y proteger el medio ambiente frente a la actividad hidrocarburífera. Su objetivo es intermediar y litigar para regularizar situaciones ambientales y frenar la contaminación de agua, tierra y aire causadas por empresas petroleras.

El fallo otorga previsibilidad a las inversiones de YPF y Pampa Energía en el marco del RIGI.

Promueve demandas por daño ambiental colectivo, particularmente en zonas de exploración y explotación en la Patagonia, como la cuenca del Golfo San Jorge y Vaca Muerta.

Demandante serial

Ha presentado medidas cautelares y demandas contra grandes petroleras (YPF, PAE, Chevron, etc.) solicitando la remediación ambiental. En el caso de la causa contra YPF, Pampa Energía y otras petroleras que se encuentran operando en la Cuenca Neuquina, la decisión de la Corte lleva las firmas de Horacio Rosatti y los conjueces designados. El fallo desestimó el pedido de la ONG para iniciar un proceso de recomposición progresiva y de intervención técnica externa.

Para el mercado, la decisión no es menor, ya que establece límites a la judicialización «difusa» de la actividad extractiva en un momento donde el país busca acelerar sus exportaciones energéticas a partir de las condiciones más flexibles que ofrece el llamado Régimen de Incentivo para las Grandes Inversiones (RIGI), que está potenciando la llegada de capitales a sectores como los de los hidrocarburos, la energía y la minería, entre otros.

​El reclamo de ASSUPA, que data de hace por lo menos dos décadas, se basaba en informes de la Subsecretaría de Ambiente de Neuquén sobre incidentes registrados en años anteriores.

Vaca Muerta: las operadoras petroleras podrán seguir produciendo sin restricciones judiciales activas.

La entidad pretendía que se ordenara la recomposición progresiva de la cuenca y se designara a la Universidad de Buenos Aires (UBA) para realizar estudios técnicos de remediación.

Puntos centrales del fallo

Sin embargo, los magistrados fueron tajantes al señalar la inexistencia de una vinculación directa entre los daños alegados y la conducta específica de las empresas demandadas, entre las que destaca el holding liderado por Marcelo Mindlin, que heredó la causa luego de haberse quedado con los activos locales de Petrobras.

​Según pudo saber este medio, los puntos centrales del fallo destacan más que nada la falta de precisión, al entender que la asociación no logró delimitar con claridad la «zona en litigio» ni identificar hechos contaminantes concretos atribuibles a cada operadora.

La Corte también rechazó la pretensión de que las petroleras deben probar la «no existencia» del daño, ratificando que quien denuncia debe aportar evidencia técnica sólida.

El máximo tribunal de justicia del país cuestionó además que no se hay acreditado una afectación interjurisdiccional que justifique la intervención directa de la Corte por sobre las autoridades locales.

Un punto crítico actual es que la Corte determinó que ASSUPA no probó que la presunta contaminación afecte a más de una provincia (por ejemplo, que pase de Neuquén a Río Negro o La Pampa).

Expertos aseguran que el fallo pone un límite al «activismo de cautelares» en el sector energético.

​Esto implica que gran parte del reclamo podría ser derivado a la justicia provincial de Neuquén, quitándole el carácter de «causa de competencia originaria» de la Corte Nacional.

Pruebas técnicas

La demanda se basaba en informes de la Subsecretaría de Ambiente de Neuquén sobre incidentes registrados en 2021. Sin embargo, la Corte dictaminó que “mencionar incidentes no equivale a probar un daño ambiental colectivo irreparable”.

Es decir, el proceso principal de fondo continúa, pero al haberse caído la cautelar, las operaciones en la Cuenca Neuquina no tienen restricciones judiciales activas.
Para avanzar, ASSUPA deberá presentar pruebas técnicas mucho más rigurosas que demuestren un impacto que trascienda las fronteras provinciales, algo que hasta ahora el máximo tribunal considera no probado.

Es decir, la ONG deberá ahora realizar un trabajo pericial «quirúrgico» para que la demanda de fondo prospere y tendrá que identificar coordenadas precisas, fechas y, sobre todo, el nexo causal directo entre una operación específica de alguna de las petroleras acusadas y un daño concreto.

Para Pampa Energía en particular, el fallo ratifica la viabilidad de sus planes de expansión en la región. La compañía viene consolidando su perfil como uno de los principales productores de gas de la Argentina, con inversiones proyectadas que apuntan no sólo al abastecimiento interno sino a los contratos de exportación de GNL a largo plazo.

Planteo sin sustento

Desde el sector corporativo, interpretan que esta resolución judicial pone un freno a lo que denominan «activismo de cautelares», que a menudo genera ruidos en los departamentos de cumplimiento ambiental (ESG) de las multinacionales y fondos de inversión.

Este movimiento judicial se da en paralelo a la avanzada de otras causas sensibles en la provincia, como el caso Comarsa, que recientemente fue elevado a juicio oral por el manejo de residuos petroleros.

A diferencia de aquel proceso, donde existen pericias sobre el tratamiento de desechos tóxicos, la Corte entendió que el planteo de ASSUPA contra las operadoras carecía de sustento técnico actual.

En las oficinas de las principales energéticas de la city porteña, el fallo fue recibido como una señal de previsibilidad.

Aseguran que, en un contexto de transición energética y necesidad de divisas, la Justicia parece trazar una línea clara al definir que el control ambiental debe ser riguroso, pero no puede convertirse en un obstáculo administrativo basado en generalidades.

Además, permite a las compañías seguir reportando bajo estándares ESG internacionales que sus operaciones no enfrentan riesgos de paralización judicial inminente, algo vital para la colocación de deuda y la atracción de socios para sus proyectos en la zona.

Por estos motivos, se especula con la probabilidad de que los abogados de las petroleras soliciten que la causa sea derivada a la Justicia de Neuquén.

Si esto sucede, la demanda pierde peso político nacional y queda bajo la órbita local, donde las empresas ya tienen protocolos de cumplimiento ambiental validados por la autoridad de aplicación provincial.

En resumen, los expertos entienden que lo que sigue es una batalla de peritos.
Mientras la actividad en el campo sigue a ritmo pleno, la discusión se traslada a los laboratorios y a la revisión técnica de los informes de impacto, con una ASSUPA debilitada por no haber podido demostrar la «urgencia» del daño ante el máximo tribunal.

Andrés Sanguinetti: Periodista especializado en negocios