El llamado Régimen de Fomento Nacional para el Uso de Fuentes Renovables de Energía Destinada a la Producción de Energía Eléctrica fue sancionado por la Ley N° 26.190 y modificado y ampliado por la Ley N° 27.191 que establece un régimen de fomento para el uso de renovables en la generación de electricidad.
Ambas normas establecen un cronograma de incremento progresivo de la participación de las fuentes de energías renovables en el consumo de electricidad del país que debe alcanzar un 20% antes de que finalice este 2025.
También otorgan beneficios fiscales y financieros para atraer inversiones y alienta la participación de grandes consumidores en el desarrollo de energías renovables.
Se trata de un régimen creado bajo el gobierno del ex presidente Mauricio Macri y continuado por la actual gestión libertaria con el objetivo de estimular las inversiones en generación de energía eléctrica, a partir del uso de la luz solar, el viento, el agua, la biomasa y el calor de la Tierra que sea originadas en nuevas plantas de generación o a partir de ampliaciones o repotenciaciones de parques que ya se encuentren en operación.
Todas estas fuentes consideradas “limpias” se comercializan a través del Mercado a Término de Energía Eléctrica de Fuente Renovable (MATER), un mercado para la compraventa de energía renovable entre grandes consumidores y generadores para permitir, precisamente, el cumplimiento de las con metas de sostenibilidad y la Ley 27.191 promoviendo la participación de empresas y el cumplimiento de sus objetivos de sustentabilidad mediante contratos directos.
Promover las renovables
En el 2023, bajo la administración kirchnerista del ex presidente Alberto Fernández, la Secretaría de Energía modificó algunos aspectos de esta norma para incluir como “Proyectos Habilitados” a los generadores renovables con contratos de abastecimiento en el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM), a partir de fuentes renovables incluidas dentro del programa denominado Generación de Energía Eléctrica a partir de Fuentes Renovables (GENREN),
Se trata de una iniciativa lanzada en el 2009 para promover el desarrollo de energías renovables mediante el llamado a licitación de nuevas centrales de generación con el fin de diversificar la matriz eléctrica y reducir la emisión de gases de efecto invernadero.
De acuerdo al cronograma establecido en ese procedimiento, casi todos los programas se encuentran a punto de vencer, en especial los celebrados en el 2011 con ex Ministerio de Planificación Federal.
A partir de este escenario y para permitir el sostenimiento de este tipo de generación de energía a largo plazo, las actuales autoridades nacionales acaban de tomar una nueva medida para permitir que los parques generadores de energías limpias sean habilitados a participar en el régimen del MATER.
De acuerdo a la medida, que fue publicada en el Boletín Oficial de este martes bajo la Disposición 5/2025 de la Subsecretaría de Energía, dichos contratos seguirán vigentes una vez finalizados sus períodos de abastecimiento vigentes.
“El MATER es un mercado dinámico con subastas trimestrales para asignación de prioridad de despacho que ha permitido el ingreso de nueva generación eléctrica de fuentes renovables, principalmente de fuente eólica y solar, mediante contratos entre privados con precios y plazos contractuales pactados libremente entre las partes”, detalla la norma del organismo público.
También explica que dicho mercado “se ha evidenciado como un proceso exitoso, destacándose la introducción del esquema de asignación de Prioridades de Despacho, y el esquema de comercialización de energía mensual y su articulación con el esquema vigente de precios del MEM, como aspectos claves a los cuales el mercado respondió positivamente”.
Datos cruciales sobre las renovables
Según la disposición, actualmente se encuentran habilitados comercialmente más de 2.400 MW de potencia renovable para comercializar su energía en el MATER mientras que más 4.400 MW se encuentran en desarrollo.
Estas cifras resultaron cruciales para fundamentar la disposición que establece que los generadores renovables con contratos de abastecimiento en MEM desde marzo del 2011 tengan la posibilidad de vender su producción dentro del MATER “a partir del mes calendario siguiente al de la fecha de finalización de la vigencia del referido Contrato de Abastecimiento”.
Dicho proceso solamente podrá ser habilitado a partir de que el llamado Agente Generador solicite al Organismo Encargado del Despacho (OED) su ingreso al sistema mayorista y comience a abonar, durante dos años un cargo trimestral por ingreso de u$s500 por megavatio de potencia habilitada comercialmente.
De acuerdo a la norma, “el OED establecerá las formas de pago de las sumas previstas, mientras que el tipo de cambio a utilizar es el de Referencia Comunicación “A” 3500 (Mayorista) publicado por el Banco Central para el día hábil inmediato anterior al día de emisión de los documentos correspondientes, manteniendo en todos los casos la Prioridad de Despacho”.
De acuerdo a los expertos en energías renovables, la medida es de fuerte impacto regulatorio y económico ya que permite garantizar la continuidad operativa de parques de energías renovables construidos hace casi 15 años, evitando que queden fuera del sistema tras finalizar sus contratos originales.
Pero además, permite que la Argentina pueda cumplir con la promesa de que, fin de este 2025, el 20% de la matriz energética del país provenga de las energías limpias.
Nuevos proyectos habilitados
Bajo el mismo criterio, la Subsecretaría de Energía Eléctrica publicó la Disposición 4/2025 para inscribir más de 20 nuevos proyectos de generación de energías renovables que se encontraban en trámite.
La norma recuerda que la Resolución N° 281 del 18 de agosto de 2017 del ex Ministerio de Energía y Minería de la Nación creó el Registro Nacional de Proyectos de Generación de Energía Eléctrica de Fuente Renovable (RENPER), para inscribir los proyectos de generación, cogeneración y autogeneración de energía eléctrica de fuente renovable que se desarrollen con conexión al Sistema Argentino de Interconexión (SADI).
Este certificado otorga beneficios fiscales a las empresas que lo solicitan y les asigna prioridad de despacho, tanto a los proyectos nuevos como a los que han sido presentados en las convocatorias realizadas hasta la fecha.
De acuerdo a la norma y en virtud del análisis realizado por la Dirección Nacional de Generación Eléctrica, “corresponde inscribir en el RENPER, período Primer y Segundo Trimestre de 2025, a los proyectos que se detallan en el Anexo , que forma parte integrante de la presente medida”.
Se trata de 27 iniciativas presentadas en varias provincias como Neuquén, Catamarca, San Juan, Formosa, Córdoba, por municipios y empresas como Capex; 260 Energy Solar; Cutral Có; El Chocón; Sierras Renovables I, II y III; ARN Tech Partner; Luz de Tres Picos; Vipsa Energía y Genneia, entre otras.
De acuerdo a la norma, “corresponde efectuar las modificaciones en las inscripciones de aquellos proyectos que solicitaron la actualización de la información remitida oportunamente para su inscripción en el RENPER, los cuales se encuentran individualizadas en el referido Anexo que integra la presente medida”.
Por tratarse de proyectos que completaron la presentación de la documentación para su inscripción en el primer y segundo Trimestre de este año, las autoridades establecieron también que lo dispuesto en la medida tenga efecto retroactivo a partir del 1º de julio pasado.