La Provincia ordena el uso de las tierras públicas del Delta y pone bajo control estatal un territorio ambientalmente sensible

El Gobierno de la Provincia de Buenos Aires avanzó en la regulación del uso de las tierras públicas ubicadas en sus islas mediante la reglamentación del artículo 37 bis del Decreto-Ley 9.533/80. El nuevo esquema establece la figura del Permiso de Uso y Tenencia Precaria, que podrá otorgarse de manera gratuita u onerosa, con el objetivo de ordenar las distintas situaciones de ocupación existentes.

La medida alcanza a las islas del litoral fluvial y marítimo bonaerense y a Martín García. La normativa establece que estos inmuebles forman parte del dominio público y aclara que los permisos otorgados no implicarán una transferencia de la titularidad estatal.

La Provincia de Buenos Aires reglamentó un nuevo régimen para ordenar el uso y la ocupación de las tierras públicas del Delta y Martín García, sin transferir la titularidad estatal de los inmuebles

El Delta Bonaerense comprende unas 300.000 hectáreas, equivalentes a aproximadamente 3.000 kilómetros cuadrados, distribuidas entre nueve municipios. Por sus dimensiones y por las distintas situaciones de ocupación existentes, el Gobierno provincial plantea la necesidad de establecer criterios comunes para administrar estos territorios.

Entre los fundamentos del decreto aparece también la necesidad de compatibilizar los antiguos regímenes de ocupación y colonización de tierras isleñas con el marco jurídico actual. A la vez, la Provincia busca fortalecer las herramientas de planificación y control sobre estos inmuebles.

Qué cambia con el nuevo régimen para las islas bonaerenses

Uno de los principales cambios es la creación del Registro de Islas Bonaerenses de Dominio Público, que funcionará dentro del Ministerio de Gobierno.

El organismo tendrá a su cargo la inscripción y centralización de la información relacionada con el uso y la tenencia de los inmuebles públicos ubicados en las islas. Para esa tarea deberá coordinarse con el Registro de Bienes Inmuebles de Dominio Público, dependiente del Ministerio de Economía.

La nueva normativa también deroga el Decreto 942/20, que había creado el Registro de Bienes de Dominio Público del Delta. La decisión apunta a integrar la información existente y simplificar su administración bajo el nuevo esquema.

El régimen incorpora además una herramienta que permitirá otorgar permisos de uso y tenencia precaria, ya sea de forma gratuita u onerosa, sin que esto implique que el Estado pierda la titularidad sobre los terrenos.

Qué rol tendrán los municipios en las tierras del Delta

Los municipios podrán recibir permisos de uso y tenencia precaria sobre inmuebles ubicados en las islas. De manera excepcional, cuando las características del territorio lo justifiquen, también podrán otorgar el uso de esos terrenos a terceros, aunque para hacerlo necesitarán la autorización previa de la autoridad provincial de aplicación.

La medida crea el Registro de Islas Bonaerenses de Dominio Público y redefine el rol de los municipios, además de exigir que los permisos y trámites existentes se adapten a las nuevas reglas

Según los fundamentos del decreto, la participación de los gobiernos locales busca aprovechar su cercanía con el territorio para realizar relevamientos, avanzar en la regularización de situaciones existentes y desarrollar estrategias de gestión.

El nuevo régimen también tendrá impacto sobre situaciones que ya estaban en marcha. Los permisos de uso otorgados anteriormente bajo el Decreto-Ley 9.533/80 y las solicitudes que se encuentren en trámite al momento de la entrada en vigencia de la nueva normativa deberán adecuarse a las nuevas pautas.

Además, la autoridad de aplicación tendrá intervención en los trámites relacionados con la aprobación de planos de mensura y subdivisión de inmuebles ubicados en las islas.

De esta manera, la Provincia busca concentrar la información sobre sus tierras isleñas y establecer un marco común para regular ocupaciones existentes y futuras, manteniendo el carácter de dominio público de estos territorios.

I M: Notas sobre negocios y sustentabilidad.