El Honorable Tribunal Administrativo del Departamento General de Irrigación de Mendoza resolvió la situación legal de la perforación de agua subterránea N° 11-1293, ubicada en la Pampa del Divisadero, en el departamento de Santa Rosa. La Resolución N° 259 otorgó un marco formal al uso del pozo, que durante años permaneció en una situación de precariedad, pero también estableció condiciones estrictas para el aprovechamiento del recurso.
La medida beneficia a Bodega Llaver S.A., titular del predio, con un título para el aprovechamiento de aguas subterráneas destinadas a la actividad agrícola durante 50 años. El volumen máximo autorizado alcanza los 0,55 hectómetros cúbicos anuales.
Sin embargo, la concesión fue otorgada bajo carácter “temporal, provisional y condicional”. El beneficio quedó sujeto a un uso eficiente y tecnificado del agua, además del cumplimiento de las exigencias establecidas por la autoridad de Irrigación.
Multa por no instalar medidores de agua en Mendoza
A pesar de la regularización del permiso, el Tribunal Administrativo sancionó a la empresa con una multa de 7.550 UFA, equivalente a $9.060.000. La penalización se debe al incumplimiento de la obligación de instalar instrumentos destinados a medir y controlar la extracción de agua subterránea.
En particular, la firma debía colocar un piezómetro y un caudalímetro dentro de los plazos establecidos previamente, una exigencia que ya había sido fijada a comienzos de 2023 y que no fue cumplida.
La resolución contempla, de todos modos, un mecanismo para incentivar la regularización. Si la empresa demuestra de manera irrefutable que instaló los equipos dentro de los 60 días hábiles posteriores a la notificación de la resolución, podrá acceder a una reducción del 50% de la multa.
La exigencia de contar con instrumentos de medición adquiere especial importancia en un contexto de presión sobre los recursos hídricos de Mendoza, donde el control de los volúmenes extraídos constituye una herramienta fundamental para garantizar un uso eficiente del agua.
Exigen nuevos controles a los usuarios de la perforación
La resolución también introdujo modificaciones en el padrón de usuarios vinculados con la perforación. El Tribunal dispuso dar de baja registral una fracción que figuraba a nombre de Walter Gracciano, luego de constatar que posee otra perforación en trámite y que cuenta con abastecimiento suficiente mediante el pozo N° 11-906 para sus cultivos de alfalfa.
Además, el organismo ordenó a la Subdirección de Aguas Subterráneas elaborar de oficio un convenio de uso entre Bodega Llaver S.A. y otros productores que utilizan la misma fuente de agua.
Entre los usuarios asociados se encuentran las parcelas pertenecientes a Tomás Agustín Carletto, Ana Alison Llaver y Laura María Llaver. Los productores tendrán un plazo de 24 meses para ejecutar los proyectos productivos que fueron presentados ante las autoridades.
El incumplimiento de ese plazo tendrá consecuencias sobre los derechos de uso del recurso: quienes no avancen con las obras previstas quedarán bajo apercibimiento de que se declare la caducidad de sus derechos sobre el agua subterránea.
De esta manera, la Resolución N° 259 regulariza el uso de una perforación estratégica para la producción agrícola, pero al mismo tiempo refuerza las obligaciones de medición, eficiencia y cumplimiento que deberán afrontar tanto la empresa titular como los demás usuarios vinculados al pozo.