La ANMAT prohibió cosméticos y dispositivos médicos por riesgos de seguridad

Tras retirar del mercado un popular producto de limpieza, este lunes la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la comercialización, distribución y uso en todo el país de una serie de cosméticos y de productos médicos utilizados en procedimientos traumatológicos y ortopédicos.

Las medidas fueron oficializadas mediante las disposiciones 3754/2026 y 3753/2026, publicadas en el Boletín Oficial con la firma del administrador nacional del organismo, Luis Eduardo Fontana.

Qué productos prohibió la ANMAT

La Disposición 3754/2026 alcanza a todos los lotes, tamaños y presentaciones de distintos productos comercializados bajo la marca Tan Orgánico, entre ellos una crema corporal autobronceante orgánica, una crema humectante prolongadora del color, una bruma facial autobronceante, tanning drops, una mousse autobronceante, un gel exfoliante corporal y una crema autobronceante facial.

Según explicó la ANMAT, la investigación comenzó tras una notificación realizada por autoridades sanitarias de Córdoba. A partir de esa alerta, el organismo verificó que los productos eran ofrecidos en plataformas de venta online y detectó que sus envases carecían de información vinculada a la inscripción sanitaria obligatoria.

La ANMAT prohibió cosméticos y dispositivos médicos por riesgos de seguridad.

Posteriormente, al consultar las bases de datos oficiales, la entidad no encontró registros que coincidieran con los datos consignados en los rótulos de los cosméticos.

Ante esta situación, intervino el Programa de Monitoreo y Fiscalización de Publicidad y Promoción de Productos Sujetos a Vigilancia Sanitaria, que gestionó la baja de las publicaciones de venta electrónica.

La ANMAT señaló que no fue posible identificar el establecimiento responsable de la elaboración de los productos ni verificar su inscripción ante la autoridad sanitaria.

Por ese motivo, advirtió que no existen garantías sobre su composición, seguridad, eficacia o el uso de ingredientes autorizados por la normativa vigente. La prohibición se mantendrá hasta que la situación sea regularizada.

Retiran productos médicos utilizados en traumatología

En paralelo, la Disposición 3753/2026 prohibió el uso y comercialización de cinco productos médicos de la firma Stryker empleados en cirugías traumatológicas y ortopédicas.

La medida alcanza a un portabrocas con llave de 1/4, un accesorio Hudson/Trinkle modificado, una sierra sagital System 7, una pieza de mano rotatoria de doble gatillo System 8 y un martillo asociado al instrumental quirúrgico.

La ANMAT prohibió el uso y comercialización de cinco productos médicos de la firma Stryker empleados en cirugías traumatológicas y ortopédicas.

De acuerdo con la resolución, el procedimiento se inició luego de que Stryker Corporación Sucursal Argentina informara el extravío de las unidades.

La empresa indicó que los dispositivos se encontraban almacenados bajo la modalidad de banco de consigna en la Sociedad Italiana de Beneficencia (Hospital Italiano), en la Ciudad de Buenos Aires, y que su ausencia fue detectada cuando fueron requeridos para su utilización.

La ANMAT explicó que, al haber quedado fuera del control de la firma titular de los registros, se desconoce su estado de conservación, integridad y correcto funcionamiento.

Por esa razón, consideró que podrían estar comprometidas sus condiciones de seguridad, calidad y eficacia, por lo que resolvió prohibir su circulación en todo el territorio nacional y notificar la medida a las autoridades sanitarias correspondientes.

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