PUBLICIDAD
Salud

Es ley el proyecto de digitalización de las historias clínicas, ¿de qué se trata?

La iniciativa, sancionada hace dos años en el Senado, sumó el respaldo de Diputados. Los detalles.

La Cámara de Diputados aprobó el martes por amplia mayoría y convirtió en ley el proyecto que busca establecer la obligatoriedad de que los pacientes tengan acceso libre a su historia clínica mediante un sistema digitalizado en todo el país.

//Mirá también: El Gobierno reglamentará en 20 días la ley de cáñamo industrial y cannabis medicinal

La iniciativa, sancionada hace dos años en el Senado, sumó el respaldo de 227 diputados, en tanto que dos se expresaron en contra y se registraron 28 ausencias.

Es ley el proyecto que busca establecer la obligatoriedad de que los pacientes tengan acceso libre a su historia clínica mediante un sistema digitalizado en todo el país.

“Este programa tiene por objetivo final que todas las provincias, y que todos los subsistemas tengan accesibilidad segura y confiable de nuestra historia clínica, pero por sobre todo que cada uno de nosotros y nosotras podamos disponer de ella”, expresó durante el debate, la socialista Mónica Fein, presidenta de la comisión de Salud.

Por su parte, el oficialista Daniel Gollan, expresó: “En Argentina por año se procesan 150 millones de consultas ambulatorias, teniendo en cuenta solo al sector público, porque lamentablemente el sector privado no informa y no está conectado con las estadísticas”.

El proyecto obtuvo dictamen favorable en la comisión de Acción Social y Salud Pública en octubre del año pasado con el consenso del oficialismo y la oposición, pero no se pudo tratar debido a que Juntos por el Cambio no dio quórum para habilitar la sesión del 21 de diciembre, y si no se convertía en ley perdía el estado parlamentario.

Ruben Manzi, de la Coalición Cívica-Juntos por el Cambio, adelantó su respaldo al proyecto, aunque realizó una advertencia: “Creo que es muy importante que este Parlamento asuma la tarea de que este sistema que implementamos sea lo suficientemente robusto y seguro. Sin ponerme en contra de lo que estamos legislando debo advertir que esta centralización de datos puede traer aparejado el riesgo de la violación de la privacidad de los pacientes”.

Desde la Izquierda, Romina del Plá, señaló: “Si bien hoy la tecnología permite acceder a digitalizar las historias clínicas, el espacio físico está colapsado, por lo que no es que hoy se aprueba y mañana empieza. No es tan fácil porque hay hospitales donde faltan elementos básicos como guantes, así que no hablemos de computadoras; esto debe ir complementado con una mejoría en los presupuestos para salud”.

Por el bloque Juntos Somos Río Negro, Luis Di Giácomo, afirmó: “No tenemos conciencia de la tremenda importancia que tiene la sanción de esta ley y el enorme desafío que tiene para el Poder Ejecutivo ponerla en practica, para que no quede solo letras. Esta ley va a ayudar a que haya más transparencia, a que se pueda auditar el servicio para, por ejemplo, auditar el gasto en salud”

Qué implica la ley

La propuesta crea el Programa Federal Único de Informatización y Digitalización de Historias Clínicas, por el cual toda la información del paciente quedará documentada en un sistema único.

Confirman que los agrotóxicos inciden en la salud: por qué las poblaciones rurales tienen más riesgo de padecer cáncer

A lo largo del proyecto se fija que en el Sistema Único de Registro de Historias Clínicas Electrónicas se deja constancia de toda intervención médico-sanitaria a cargo de profesionales y auxiliares de la salud, que se brinde en el territorio nacional, ya sea en establecimientos públicos del sistema de salud de jurisdicción nacional, provincial o municipal, y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como en establecimientos privados y de la seguridad social.

La propuesta crea el Programa Federal Único de Informatización y Digitalización de Historias Clínicas.

Se establece además que deberá contener los datos clínicos de la persona o paciente, de forma clara y de fácil entendimiento, desde el nacimiento hasta su fallecimiento.

“La información suministrada no puede ser alterada, sin que quede registrada la modificación pertinente, aun en el caso de que tuviera por objeto subsanar un error acorde a lo establecido en la ley 25.326 de Protección de Datos Personales y sus modificatorias”, señala el proyecto.

Otro punto de esta propuesta fija que el Sistema Único de Registro de Historias Clínicas Electrónicas garantiza a los pacientes y a los profesionales de la salud el acceso a una base de datos de información clínica relevante para atención sanitaria de cada paciente desde cualquier lugar del territorio nacional, asegurando a este que la consulta de sus datos quedará restringida a quien esté autorizado.

El proyecto establece que el Gobierno nacional debe poner en funcionamiento este sistema donde se deberá organizar la implementación de este programa en conjunto con las provincias y el distrito porteño.

También la autoridad de aplicación deberá determinar las características técnicas y operativas de la informatización y digitalización de las historias clínicas del sistema de salud de la República Argentina.

Y tendrá que elaborar un protocolo de carga de historias clínicas, así como diseñar e implementar un software de historia clínica coordinando la implementación interjurisdiccional e instalar el software de forma gratuita en todos los hospitales públicos, nacionales, provinciales y municipales.

Además, proveer la asistencia técnica y financiera a las jurisdicciones provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para cumplir los objetivos de esta ley.

Fecha de publicación: 01/03, 4:32 pm