La Cámara Federal de Casación Penal benefició a más de medio centenar de directivos de empresas del Polo Petroquímico de Bahía Blanca, investigados en una histórica causa por la contaminación del estuario de la ría a raíz del vertido de efluentes industriales.
La resolución hizo lugar a las apelaciones presentadas por las defensas y ordenó restablecer los sobreseimientos que había dictado el juzgado federal de primera instancia. Esos fallos habían sido revocados por la Cámara Federal de Bahía Blanca, que dispuso continuar con la investigación.
La decisión de Casación fue adoptada por mayoría. Los jueces Diego Barroetaveña y Javier Carbajo votaron a favor de los planteos de las defensas, mientras que Gustavo Hornos sostuvo que la resolución de la Cámara bahiense no podía ser recurrida por no tratarse de una sentencia definitiva.
Entre las empresas alcanzadas por la medida figuran PBB Polisur, Solvay Indupa, Profertil, Compañía Mega, Petrobras Energía, Transportadora de Gas del Sur, Cargill y Oiltanking Ebytem. También fueron beneficiados exfuncionarios vinculados con la gestión ambiental y el control portuario, entre ellos Eduardo Conghos, exsubsecretario de Gestión Ambiental del municipio; José Manuel Molina, exdirector ejecutivo del Organismo Provincial de Desarrollo Sustentable, y autoridades del Consorcio de Gestión del Puerto.
Contaminación en la ría de Bahía Blanca y falta de pruebas contra las empresas
El argumento central de Casación fue que la decisión de la Cámara Federal bahiense presentaba una contradicción en sus fundamentos. Según los jueces que conformaron la mayoría, el tribunal había reconocido la ausencia de pruebas incriminantes y señalado que las empresas operaban dentro de los parámetros legales permitidos, pero aun así había revocado los sobreseimientos y ordenado que la investigación continuara. Casación calificó esa situación como una “autocontradicción insalvable”.
El fallo también puso el foco en la duración de la causa y en la falta de pruebas que permitieran establecer una relación directa entre las actividades industriales y los signos de contaminación identificados en el estuario. Después de más de 14 años de trámite judicial, no se había logrado demostrar el nexo causal necesario para atribuir a las firmas investigadas la responsabilidad por el daño ambiental.
La resolución representa un nuevo desenlace judicial para una causa de alto impacto en una zona donde conviven actividades industriales, portuarias y comerciales con un ecosistema costero expuesto a la presión de esas operaciones.
Sin embargo, el sobreseimiento de los directivos no equivale a demostrar que no exista contaminación en la ría. La decisión se refiere a la imposibilidad de sostener la responsabilidad penal de las personas involucradas en esta investigación con las pruebas reunidas en el expediente.
Qué implica el sobreseimiento en la causa por contaminación industrial
Los magistrados también señalaron que las normas procesales permiten dictar el sobreseimiento sin que necesariamente se haya tomado declaración indagatoria a la persona investigada. Según el criterio expuesto en el fallo, quienes son señalados como posibles participantes de un delito tienen derecho a obtener una resolución definitiva que termine con la incertidumbre sobre su situación judicial.
Con ese fundamento, Casación consideró que correspondía poner fin a la persecución penal contra los directivos alcanzados por la resolución, en lugar de prolongar una investigación que no había conseguido reunir elementos suficientes para establecer su responsabilidad.