La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió el uso, comercialización y distribución en todo el país de un medicamento utilizado para el tratamiento de la hipercolesterolemia, luego de que se denunciara el robo de varias unidades de un lote durante su acondicionamiento, como lo hizo con este laxante.
La medida fue establecida mediante la Disposición 5503/26 y alcanza al producto “QUESTRAN – POLVO PARA SUSPENSIÓN ORAL por 2 sobres, lote 0053”, correspondiente al Certificado N.° 59.828.
Según informó el organismo, la denuncia fue presentada por QUÍMICA ARISTON S.A.I.C., titular del producto, que comunicó el robo de varias unidades del lote 0053 mientras se realizaba el acondicionamiento secundario en las instalaciones de la planta industrial de Dalban Pharma S.A.
“Las unidades sustraídas quedaron fuera de su control y trazabilidad”, señaló la empresa. Por este motivo, se desconoce cuál es su condición y estado de conservación y no puede garantizarse su calidad, seguridad y eficacia.
Qué pasará con el lote del medicamento
La firma informó además que reacondicionará parte del remanente del lote para evitar que las unidades sustraídas puedan superponerse con las presentaciones que continúan bajo su control.
Las nuevas unidades serán identificadas como lote 0053R, aunque mantendrán la trazabilidad correspondiente con el lote original.
Frente a la imposibilidad de garantizar las condiciones de las unidades que fueron robadas, la ANMAT resolvió prohibir su uso, comercialización y distribución en todo el territorio nacional.
La medida tiene como objetivo proteger la salud pública ante la falta de garantías sobre la calidad, seguridad y eficacia de las unidades sustraídas.
Más medicamentos prohibidos por el ANMAT
En otra medida, ANMAT prohibió este jueves mediante la Disposición 5502/26 el uso, comercialización y distribución en todo el país de los productos médicos identificados con la marca MEDICAL ADVANCE. La decisión se tomó luego de detectar la presunta comercialización de un producto médico ilegítimo denominado “Radiofrecuencia Multy-2023 – Medical Advance”, ofrecido para “Uso Estético Humano” y facturado bajo el rótulo de “Uso Veterinario”.
También quedó prohibido el uso, comercialización y distribución en todo el territorio nacional del producto “SCULPTRA®, Poly – L – lactic acid, 2 viales, GALDERMA, lote: 4J1243, Cad./Vto: 11/2028”, mediante la Disposición 5487/26. La medida se tomó luego de que GALDERMA ARGENTINA S.A. detectara unidades falsificadas en el mercado.
Según informó la empresa, las presentaciones sospechosas presentan diferencias con los productos originales, como la ausencia del sobre rótulo utilizado actualmente para identificar al representante e importador autorizado y la presencia de un holograma con la letra “G” que no figura en las unidades originales. Además, el lote 4J1243 existe, pero tiene un vencimiento diferente y no fue importado por Galderma Argentina para su comercialización en el país.
Por otra parte, el organismoa prohibió mediante la Disposición 5484/26 todas las presentaciones y lotes de los productos médicos BIO BELLE, del LAB. NOUVELLEVIE, y BELLE FORME, de NEWLIFE LAB, incluidas distintas presentaciones de ácido hialurónico.
El organismo verificó que estos productos no cuentan con inscripción en el Registro Nacional de Productores y Productos de Tecnología Médica (RPPTM) y que las firmas involucradas tampoco se encuentran habilitadas para realizar actividades de tránsito interjurisdiccional, importación o fabricación de productos médicos. Debido a que se desconocen sus condiciones de manufactura y no cuentan con los registros necesarios para garantizar su calidad, seguridad y eficacia, se dispuso la prohibición para proteger la salud de la población.