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Peligro

ANMAT prohibió la venta y producción de un ingrediente clave en la cocina

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica emitió una resolución sobre el producto mal rotulado.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) emitió una resolución en la que se prohíbe la venta y elaboración de una conocida harina, alertando a los consumidores debido a su «falsa rotulación». Además, también se incluye la prohibición de una marca de miel y un aceite.

Mediante la disposición 1270/2025, publicada en el Boletín Oficial este jueves, se ordenó la prohibición de comercialización del producto denominado «Harina de almendra con piel», con los rótulos RNE 02-041.368 y RNPA EX-221-27015124, ya que dichos registros no existían. Esto representa un riesgo para los consumidores, ya que no se podía garantizar la seguridad del producto.

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Y detallaron: “A fin de proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales, toda vez que se trate de productos alimenticios que carecen de registros, motivo por el cual no pueden garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente y su inocuidad, el Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del INAL recomienda prohibir la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en los sitios de venta en línea de los productos citados”.

En la misma línea, también se avanzó con una medida contra el aceite de oliva extra virgen de la marca La Mediterránea, producido en Mendoza. “Prohíbese la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en plataformas de venta en línea del producto», apunta la resolución. Y detallan sobre los datos mal rotulados, ya que el producto tenía un RNE 13631954 y RNPA 13761982.

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El aceite de oliva La Mediterranea se prohibió «en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento, por carecer de registros sanitarios de establecimiento y producto, por estar falsamente rotulado al exhibir en su rótulo números de RNPA y RNE inexistentes, resultando ser en consecuencia un producto ilegal”.

Con respecto a la miel, se mencionó que la prohibición rige sobre la marca “Cejamebel – Multifloral silvestre de las sierras cordobesas”. El motivo es el mismo que el resto de los productos ya mencionados, producto de sus falsos rótulos, una infracción que lleva a que se quite de los locales, así como también de las plataformas de venta online.

Fecha de publicación: 28/02, 9:27 am