No cuidar el medioambiente les saldrá más caro: Edenor, Edesur y empresas eléctricas enfrentarán multas más duras

El Gobierno decidió aumentar la presión ambiental sobre el negocio eléctrico y puso en marcha un sistema que permitirá transformar las fallas en controles, emisiones, monitoreos y sistemas de gestión en sanciones económicas calculadas según el tamaño de las empresas, la gravedad de las infracciones y la reincidencia.

La medida alcanza a los principales segmentos del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) y tiene impacto sobre distribuidoras, generadoras y transportistas de electricidad bajo jurisdicción federal.

No cuidar el medioambiente les saldrá más caro: Edenor, Edesur y empresas eléctricas enfrentarán multas más duras.

Por lo menos así surge de analizar la Resolución 254/2026 del Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad (ENReGE), que fue publicada este miércoles 8 de julio en el Boletín Oficial de la Nación.

La norma menciona expresamente a Edenor y Edesur, las dos grandes distribuidoras eléctricas del Área Metropolitana de Buenos Aires, cuyos contratos de concesión contemplan penalidades por incumplimientos de sus obligaciones ambientales.

En el caso de Edenor, es la mayor distribuidora de electricidad de la Argentina, con un área de concesión que abarca 4.637 km², incluyendo 20 municipios del noroeste del Gran Buenos Aires y la zona noroeste de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, brindando servicio a cerca de 3,39 millones de clientes.

El 51% de las acciones (Clase A) que otorgan el control político de la empresa pertenece a EDELCOS S.A, consorcio que está en manos de los empresarios Daniel Vila, José Luis Manzano y Mauricio Filiberti.

El Estado nacional posee el 27,75% de las acciones a través del Fondo de Garantía de Sustentabilidad de la ANSES y el porcentaje restante cotiza públicamente en las bolsas de valores de Buenos Aires (BYMA) y Nueva York (NYSE).

En tanto, Edesur es una de las principales distribuidoras de energía eléctrica en Argentina, fundada en 1992.

Edesur es una de las principales distribuidoras de energía eléctrica en Argentina, fundada en 1992.

Su red de 32.500 km abastece a más de 2,7 millones de clientes en un área de concesión de 3.300 km2 en la zona sur de Buenos Aires y áreas aledañas.

El control mayoritario de la empresa está en manos de la multinacional italiana Enel, la cual opera en el país a través de su filial corporativa.

De todos modos, el alcance de la norma es más amplio y también comprende a generadores, autogeneradores, cogeneradores, transportistas de energía eléctrica en alta tensión, operadores de redes de distribución troncal y transportistas de interconexión internacional alcanzados por la regulación federal.

Si bien Edenor y Edesur que aparecen expresamente mencionadas en el anexo de la norma, el universo potencialmente alcanzado es mucho más amplio.

Entre las empresas que pueden quedar comprendidas por el régimen, según su condición de agentes y las instalaciones bajo su responsabilidad, están grandes generadoras como Central Puerto, Pampa Energía, YPF Luz, Genneia, AES Argentina, MSU Energy, Albanesi y PCR.

También hay que sumar al transporte eléctrico, donde el nombre central es Transener, además de las compañías regionales de transporte por distribución troncal, siempre que estén comprendidas en las categorías y jurisdicción definidas por la norma.

La inclusión en ese universo regulado no implica que esas compañías hayan cometido infracciones, sino que sus instalaciones alcanzadas quedan sujetas al esquema de control y sanción cuando corresponda.

La importancia del nuevo esquema radica en que el Estado definió cómo calculará el costo económico de los incumplimientos ambientales que detecte durante auditorías, inspecciones, análisis de documentación o investigaciones de incidentes.

Multas millonarias atadas a la inflación

Uno de los puntos centrales de la resolución aparece en el tratamiento de las generadoras, autogeneradoras y cogeneradoras del MEM consideradas terceros no concesionarios.

Para ese universo, el monto máximo previsto alcanza los $140 millones por cada tipo de incumplimiento.

El valor, además, se actualizará mensualmente mediante una fórmula integrada en un 67% por la evolución del Índice de Precios Internos al por Mayor (IPIM) y en un 33% por el Índice de Precios al Consumidor (IPC).

El monto máximo previsto alcanza los $140 millones por cada tipo de incumplimiento.

De esta manera, las sanciones ambientales mantendrán su peso económico frente a la inflación.

La fórmula final tendrá en cuenta también la participación de cada agente dentro del mercado eléctrico, la importancia relativa del incumplimiento y su gravedad.

El objetivo es diferenciar una irregularidad administrativa de menor impacto de una falla grave o reiterada vinculada con emisiones, monitoreos o equipos de control ambiental.

Un régimen diferencial

En el caso de Edenor y Edesur, el régimen sancionatorio tiene características particulares porque ambas compañías son concesionarias del servicio público de distribución eléctrica bajo jurisdicción nacional.

En estos casos, los contratos de concesión establecen un máximo equivalente a 500.000 kWh por cada tipo de incumplimiento ambiental evaluado.

Además, el ente regulador podrá actuar frente al incumplimiento de obligaciones que incluyen preservar los ecosistemas involucrados en la actividad, respetar las normas de protección ambiental, entregar la documentación necesaria para los controles y cumplir las disposiciones dictadas por el organismo.

El nuevo ente regulador de la energía estableció una fórmula para sancionar fallas ambientales.

Para definir las penalidades se deberán considerar la naturaleza y gravedad de la falta, los antecedentes de cada distribuidora y, especialmente, la reincidencia.

La decisión suma así otro frente regulatorio para las empresas que operan la distribución eléctrica del AMBA en donde gran parte de la exposición pública de ambas compañías suele estar vinculada con cortes de suministro, tarifas, inversiones y calidad del servicio.

En este sentido, el nuevo esquema pone el foco sobre un aspecto menos visible para los usuarios como es el impacto ambiental de sus instalaciones y operaciones.

Emisiones, monitoreos y equipos bajo control

El anexo de la norma al que accedió Economía Sustentable, identifica siete categorías de incumplimientos que podrán terminar en sanciones. Entre las más importantes aparecen los desvíos en la implementación, certificación y mantenimiento de los Sistemas de Gestión Ambiental.

También se destacan las fallas en la planificación ambiental; las irregularidades en los informes de gestión y los problemas en la evaluación del cumplimiento de las normas ambientales.

Pero los puntos más sensibles aparecen en los controles directamente relacionados con el impacto de las operaciones.

De hecho, la norma contempla sanciones por incumplimientos en la recolección y procesamiento de información ambiental, falta de monitoreos con la frecuencia obligatoria y apartamientos de los estándares vigentes.

El anexo de la norma al que accedió Economía Sustentable, identifica siete categorías de incumplimientos que podrán terminar en sanciones.

También incorpora las fallas en equipos destinados a reducir emisiones contaminantes y problemas en los sistemas de monitoreo continuo de emisiones gaseosas.

En ese caso, el ente regulador podrá evaluar además la calidad de los datos recolectados y el estado de los equipos de medición.

Este punto resulta especialmente sensible para las centrales térmicas, cuyo funcionamiento requiere controles específicos sobre las emisiones generadas durante la producción de electricidad.

El régimen, sin embargo, no se limita a una determinada tecnología. Las obligaciones de gestión, planificación, información y monitoreo alcanzan al conjunto de los agentes incluidos en la regulación. También habrá sanciones por ocultar o demorar información Además, el ENReGE no necesitará detectar necesariamente un episodio de contaminación para iniciar un proceso sancionatorio.

Las empresas también podrán recibir penalidades por incumplimientos vinculados con la obligación de informar.

Una de las categorías contempla demoras o irregularidades en la entrega de documentación solicitada en el marco de reclamos, auditorías, inspecciones e investigaciones de incidentes ambientales.

También incluye los informes adicionales requeridos cuando se detecten vulneraciones de límites ambientales.

De esta manera, una compañía podrá ser evaluada no solamente por las consecuencias de un incidente, sino también por la forma en que lo midió, documentó e informó al Estado.

Quiénes enfrentarán coeficientes mayores

El tamaño relativo de cada agente será otro componente del cálculo si se tiene en cuenta que el organismo regulador utilizará como referencia el porcentaje que representa el aporte de cada empresa a la tasa de fiscalización del universo alcanzado.

Los agentes con una participación de hasta 0,10% tendrán un coeficiente de 0,20 y la escala aumentará progresivamente hasta llegar a 1 para las compañías que representen más del 15%.

La metodología también establece diferentes ponderaciones según la clase de irregularidad.

Los problemas en la implementación y certificación del Sistema de Gestión Ambiental tendrán el coeficiente más alto, de 0,30. Los incumplimientos relacionados con monitoreos y sistemas de control tendrán una ponderación de 0,25.

A esas variables se sumará el factor de gravedad, que podrá variar entre el 1% y el 100%.

Para determinarlo, el organismo analizará los antecedentes de la empresa, la calidad de la información presentada, el cumplimiento de los plazos, las consecuencias del desvío y la reincidencia.

De obligación ambiental a riesgo económico

El antecedente central del sistema se remonta a 2022, cuando el Gobierno de ese momento estableció que los agentes alcanzados debían implementar, certificar y mantener vigente un Sistema de Gestión Ambiental.

La regulación también fijó pautas para las planificaciones ambientales de las instalaciones, con el objetivo de prevenir impactos y abordar los riesgos asociados con la actividad eléctrica.

Ahora, la nueva resolución avanza un paso más: las obligaciones ya existían, pero ahora el organismo estableció una metodología específica para convertir los desvíos en sanciones económicas.

La regulación también fijó pautas para las planificaciones ambientales de las instalaciones.

El ENReGE aclara, de todos modos, que su función ambiental es complementaria y que podrá controlar las obligaciones correspondientes al marco regulatorio eléctrico y a los contratos de concesión, pero no reemplaza a las autoridades ambientales nacionales o provinciales.

Por lo tanto, ante un incidente grave podrían coexistir diferentes niveles de responsabilidad: el daño ambiental propiamente dicho y los incumplimientos regulatorios dentro del mercado eléctrico.

Un escenario imprevisible

La gran incógnita será ahora la capacidad efectiva de fiscalización. La existencia de multas elevadas y actualizables puede funcionar como elemento disuasorio solamente si existe un sistema capaz de detectar las irregularidades mediante auditorías, inspecciones y controles independientes.

Para Edenor y Edesur, el régimen refuerza obligaciones ambientales incluidas en sus contratos de concesión.

Para las generadoras y otros agentes del MEM, establece una señal económica directa: las infracciones pueden alcanzar una base máxima de $140 millones por categoría y ese valor crecerá con una combinación de inflación minorista y mayorista.

El Gobierno convirtió así la gestión ambiental del negocio eléctrico en una variable con impacto económico concreto.

La prueba será comprobar si las nuevas multas sirven para prevenir impactos ambientales o quedan reducidas a otro capítulo del complejo régimen sancionatorio del sector energético argentino.

Andrés Sanguinetti: Periodista especializado en negocios