El Juzgado Contencioso Administrativo Federal N.º 12 rechazó la medida cautelar que buscaba suspender la Audiencia Pública Ambiental convocada por la Agencia Nacional de Puertos y Navegación (ANPyN), habilitando así el debate sobre la renovación de la concesión del sistema de navegación del río Paraná, una vía clave para las exportaciones argentinas.
La presentación había sido impulsada por la Fundación Cauce, el Observatorio del Derecho a la Ciudad y la Asociación de Abogados Ambientalistas, quienes argumentaron que la instancia no cumplía con los estándares de participación ciudadana previstos en la normativa nacional ni con el Acuerdo de Escazú.
Sin embargo, el tribunal desestimó el planteo al considerar que no se demostró una “lesión concreta” a los derechos invocados ni irregularidades sustanciales en el proceso. En su resolución, el juez sostuvo que la audiencia no implica la aprobación de obras ni define los términos de la licitación, sino que constituye una etapa previa orientada a la presentación del Informe de Gestión y Evaluación Ambiental de la denominada Vía Navegable Troncal (VNT).
Con la decisión judicial, la ANPyN quedó en condiciones de realizar la audiencia, prevista para el lunes 3 de noviembre a las 9:00 de manera virtual. Según el organismo, la convocatoria se difundió conforme al Decreto 1172/2003, a través del Boletín Oficial, diarios de circulación nacional y su portal institucional. Además, se habilitó un registro abierto para la inscripción ciudadana, garantizando —según la agencia— “transparencia y participación en una etapa temprana del proyecto”.
Celebración del fallo
Desde el sector agroexportador celebraron el fallo, al destacar que la modernización y mantenimiento de la Hidrovía es esencial para la competitividad argentina. “El proceso es estratégico para las exportaciones nacionales”, expresaron desde la Cámara de la Industria Aceitera (CIARA) y la Bolsa de Comercio de Rosario, que recordaron que más del 80% de los productos agrícolas del país salen por las terminales fluviales del Paraná.
El proceso licitatorio contempla el régimen de concesión de obras y servicios vinculados a la modernización, ampliación, operación y mantenimiento del sistema de señalización, así como las tareas de dragado y redragado que garantizan la navegabilidad del canal. El juez recordó que el Decreto 699/2024 declaró de “servicio público nacional” estas actividades, lo que les otorga un carácter estratégico para el interés general.
En los fundamentos técnicos, la resolución advirtió que una medida cautelar como la solicitada solo procede cuando existe verosimilitud del derecho y peligro en la demora, y subrayó que frenar la audiencia “produciría un grave perjuicio al interés público, al obstaculizar un proyecto de alto impacto estratégico para el país”.
La Hidrovía Paraná-Paraguay, con una extensión de 3.442 kilómetros y vital para siete provincias argentinas, permite el tránsito de unos 4.000 buques de ultramar al año. Su mantenimiento eficiente es determinante para reducir costos logísticos y sostener la competitividad del comercio exterior argentino.