El Gobierno nacional aceptó restituir los límites a la compra de tierras rurales por parte de extranjeros, en una negociación con bloques aliados que busca sostener el decreto de necesidad y urgencia (DNU) 70/23. La modificación se incorporó al proyecto de Inviolabilidad de la Propiedad Privada, que obtuvo dictamen en Diputados y tiene previsto debatirse en el recinto el 21 de octubre.
La decisión representa un cambio de posición del oficialismo, que había impulsado la eliminación de esas restricciones mediante el decreto firmado por Javier Milei al comienzo de su gestión. Ahora, el objetivo es recuperar parte de la regulación sobre la propiedad de tierras rurales sin avanzar en la derogación completa del DNU, que abarca múltiples sectores de la economía.
La negociación se produjo un día antes de una sesión convocada por la oposición para intentar derogar el decreto. La estrategia de La Libertad Avanza apunta a evitar que los bloques que cuestionan la desregulación de la compra de tierras acompañen una iniciativa que deje sin efecto toda la norma.
“Los límites a la venta de tierra podría haber juntado cierto consenso, pero eliminar por completo el DNU 70 tendría un costo terrible por la incertidumbre que generaría”, explicó un referente de La Libertad Avanza.
El acuerdo también se da en un contexto judicial relevante. La Corte Suprema de Justicia había dispuesto, mediante una cautelar interina, la restitución temporal de la vigencia de la ley de tierras, que el DNU 70/23 había derogado.
Qué límites establece la ley de tierras para los compradores extranjeros
La ley 26.737, sancionada en diciembre de 2011, establece que las personas físicas o jurídicas extranjeras no pueden ser titulares de más del 15% de las tierras rurales del país. El límite también se aplica a cada provincia y departamento, con el objetivo de evitar una concentración excesiva de la propiedad rural en manos extranjeras.
Además, las personas de una misma nacionalidad no pueden concentrar más del 30% de la superficie habilitada para propietarios extranjeros. La norma también establece restricciones para la adquisición de tierras rurales que contengan cuerpos de agua relevantes y para determinadas zonas de seguridad de frontera.
La restitución de estas disposiciones busca recuperar controles sobre la propiedad de un recurso estratégico, en un país donde la tierra tiene un papel central en la producción agropecuaria, la actividad forestal y otras economías regionales.
El debate excede la cuestión de quién puede comprar un inmueble. También involucra el control de los recursos naturales, la concentración de la propiedad rural y la capacidad del Estado para establecer condiciones sobre el uso y la titularidad de esos territorios.
Durante el plenario de las comisiones de Legislación General y Asuntos Constitucionales, el diputado radical Diógenes González propuso incorporar dos artículos al dictamen. El artículo 38 deja sin efecto el artículo 134 del DNU 70/23, que había derogado la ley de tierras, mientras que el artículo 39 restituye la vigencia de la ley 26.737.
La diputada peronista Paula Penacca cuestionó el giro del oficialismo y sostuvo: “Qué manotazo de ahogado que pegaron. Tuvieron que desempolvar una media sanción que venía del Senado. Me sorprende que los libertarios firme un dictamen que va en contra de lo que piensa el Presidente, porque le puso la firma al DNU 70. Van a reponer una ley sancionada durante el gobierno de Cristina Kirchner, presa por haber defendido los intereses de los argentinos. ¿Van a retroceder en chancletas?”.
El proyecto de propiedad privada también modifica las expropiaciones y los desalojos
La restitución de la ley de tierras forma parte de una iniciativa más amplia que modifica distintos aspectos del régimen de propiedad privada. El proyecto, que obtuvo media sanción del Senado a principios de agosto, incorpora cambios en los procedimientos de expropiación, restitución de inmuebles ocupados y desalojos por falta de pago.
En materia de expropiaciones, establece que el Estado deberá justificar de manera expresa y estricta la declaración de utilidad pública. También modifica el cálculo de las indemnizaciones para contemplar el valor de mercado de los bienes y el lucro cesante, es decir, las ganancias que su propietario dejaría de percibir.
En relación con los inmuebles ocupados, la iniciativa contempla un procedimiento de restitución sumaria en un plazo de 72 horas cuando el propietario presente la documentación correspondiente. Para los casos de falta de pago del alquiler, establece que el locador deberá intimar al inquilino y otorgarle diez días para cancelar la deuda.
El oficialismo busca reunir apoyos para aprobar el proyecto sin poner en riesgo el conjunto de las desregulaciones incluidas en el DNU 70/23. La incorporación de los límites a la venta de tierras funciona como una concesión a los sectores que rechazan esa medida, pero no necesariamente acompañan la derogación integral del decreto.
Si Diputados aprueba el texto con las modificaciones incorporadas, el proyecto deberá regresar al Senado para su tratamiento definitivo. Hasta entonces, la discusión sobre la propiedad rural seguirá vinculada tanto al alcance de la desregulación económica impulsada por el Gobierno como al papel del Estado en la protección y administración de los recursos estratégicos del país.