El gobierno porteño que lidera Jorge Macri puso bajo revisión ambiental el manejo del agua de Central Puerto y Central Costanera, dos de las mayores instalaciones térmicas ubicadas sobre el frente costero porteño y actualmente vinculadas al mismo grupo energético.
Si bien operan de manera independiente, ambas sociedades forman parte del mismo grupo de control formado por los grupos empresarios locales propiedad de Carlos Miguens Bemberg, la familia Escasany, Guillermo Reca y los hermanos Ruete Aguirre.
De todos modos, Central Puerto opera como la empresa matriz, mientras que Central Costanera S.A. funciona como su subsidiaria estratégica clave, constituyendo la planta termoeléctrica más grande de todo el país.
La primera central es el principal productor privado de energía eléctrica de Argentina con una potencia instalada de 6.933 MW distribuidos en 16 centrales a lo largo del país.
Abastece cerca del 15,9% de la demanda del Sistema Argentino de Interconexión (SADI) y su portafolio incluye energía térmica, hidroeléctrica, solar y parques eólicos (como La Castellana y Achiras).
Recientemente se ha diversificado hacia sectores no energéticos como la actividad forestal (posee más de 160.000 hectáreas de bosques) y proyectos de minería.
En el caso de Central Costanera, es considerada como la planta termoeléctrica de mayor envergadura del país, integrada completamente al holding de Central Puerto desde inicios de 2023 tras su compra a la firma italiana Enel.
Se sitúa en la Zona Sur de las terminales portuarias de la Ciudad de Buenos Aires, junto al Río de la Plata y aporta 1.789 MW de potencia nominal directa al sistema, representando por sí sola el 4% de la potencia del SADI y el 5% de la térmica nacional.
Ahora, la Agencia de Protección Ambiental (APRA) hizo públicas las resoluciones 288/APRA/26 y 289/APRA/26, que colocan el foco sobre un recurso indispensable para este tipo de instalaciones como es el agua utilizada durante los procesos de generación y las condiciones exigidas para su extracción y posterior descarga.
En el caso de Central Costanera, la revisión dejó una radiografía particularmente detallada, ya que el organismo cuestiona la precisión de las mediciones sobre los volúmenes captados y volcados e identifica corrientes de efluentes que no estaban completamente caracterizadas.
También observa deficiencias en el plan de contingencias y detecta valores de demanda bioquímica de oxígeno (DBO) superiores a los parámetros de referencia en uno de los efluentes analizados.
A partir de estas irregularidades detectadas, el organismo terminó rechazando tanto el permiso excepcional de vuelco como la autorización solicitada para extraer agua superficial por entender que no reunía las condiciones técnicas y jurídicas necesarias para obtener los permisos.
Dos gigantes térmicos frente al mismo control
Para fundamentar la medida, el ente porteño tomó en cuenta también que Central Puerto y Central Costanera poseen instalaciones diferentes, pero forman parte del mismo universo empresario, además de concentrar una porción significativa de la generación térmica instalada dentro de la Ciudad.
En el informe se destaca que Central Costanera posee 1.789 MW de potencia, distribuidos entre cuatro unidades convencionales de vapor por 661 MW y dos ciclos combinados que aportan otros 1.128 MW.
En el caso del complejo de Central Puerto reúne, por su parte, las instalaciones de Nuevo Puerto, Puerto Nuevo y el ciclo combinado Puerto, con aproximadamente 1.747 MW.
Si bien entre ambos complejos suman 3.536 MW de capacidad instalada, el denominador común que aparece ahora no es eléctrico sino ambiental y toma en cuenta el volumen de agua requerido por esas instalaciones, cómo se mide, qué tratamiento recibe y bajo qué condiciones puede volver al ambiente.
El Río de la Plata como insumo industrial
De hecho, el expediente de Central Costanera permite reconstruir ese circuito si se tiene en cuenta que toma agua del Río de la Plata mediante cuatro puntos de captación y la utiliza para diferentes procesos.
Una parte se destina a alimentar las calderas empleadas en la generación de electricidad, para lo cual combina agua de la red de AySA con agua captada del río que atraviesa previamente diferentes etapas de tratamiento, entre ellas la remoción de sólidos de mayor tamaño y procesos de clarificación, antes de llegar a la desmineralización requerida por el proceso industrial.
Un segundo volumen se utiliza para refrigerar equipamiento y el tercer destino es la limpieza industrial, punto en el que aparece uno de los elementos ambientales relevantes del expediente.
El documento revela que las corrientes producidas durante esas tareas pueden contener hidrocarburos, aceites minerales, compuestos químicos y tensioactivos.
La documentación identifica además tres clases de efluentes: cloacales sometidos a tratamiento biológico, líquidos provenientes de la planta de tratamiento industrial y efluentes generados por los sistemas de enfriamiento.
La falta de caudalímetros en las mediciones de agua
El primer problema detectado por APRA fue determinar con precisión cuánto líquido circulaba por ese sistema.
En ese sentido, la central informó los caudales de extracción, pero los técnicos comprobaron que los puntos de captación no contaban con caudalímetros operativos.
Por esa razón, los volúmenes declarados eran estimaciones calculadas a partir de variables como la capacidad nominal de las bombas y las horas durante las cuales funcionaban las unidades.
De hecho, APRA habló expresamente de “incertidumbre significativa” y mencionó cámaras para tomar muestras y antecedentes sobre equipos destinados a medir las descargas.
Sin embargo, las últimas presentaciones indicaban que tampoco existían caudalímetros operativos para determinar directamente cuánto líquido era volcado.
El control se complementaba con aforos en vertederos, un mecanismo que, según la evaluación técnica, incrementaba la variabilidad de los resultados.
Qué sustancias se detectaron en los efluentes industriales
Pero la falta de mediciones directas terminó siendo uno de los obstáculos para otorgar los permisos ya que la revisión avanzó después sobre la composición de los efluentes.
Se informó que Central Costanera no dispone de conexión al sistema cloacal y que había presentado una nota de AySA mediante la cual la empresa sanitaria rechazaba la factibilidad hidráulica para recibir los líquidos industriales o especiales.
Ese antecedente servía para fundamentar la necesidad de descargarlos hacia el cuerpo receptor después de su correspondiente tratamiento.
Pero APRA encontró problemas adicionales como la constancia de AySA presentada en el expediente que estaba desactualizada, además de no haberse incorporado los monitoreos correspondientes al efluente cloacal y de existir corrientes que no habían sido evaluadas completamente.
En este caso, la autoridad ambiental identificó específicamente los efluentes provenientes de los sistemas de refrigeración y los generados por los sanitarios.
El indicador que superó los parámetros
Los análisis incorporaron otra observación a partir de que APRA detectó excesos de demanda bioquímica de oxígeno respecto de los valores normativos utilizados como referencia en uno de los efluentes volcados.
Este exceso se conoce como DBO, por sus siglas, y mide el oxígeno requerido por los microorganismos para degradar la materia orgánica existente en el agua y constituye uno de los indicadores utilizados para determinar la carga orgánica presente en un efluente.
Su aparición por encima del parámetro de referencia fue incorporada por los técnicos entre las deficiencias consideradas para evaluar la solicitud.
Las contingencias también son un problema
La central presentó además su esquema para responder ante problemas operativos, informando que cuenta con una planta de tratamiento de efluentes líquidos y que dispone de un tanque pulmón para almacenar líquidos que eventualmente no puedan ser tratados, antes de enviarlos a disposición final como residuos líquidos peligrosos.
Pero el plan tampoco resultó suficiente para APRA ya que los técnicos del ente oficial determinaron que el esquema de contingencias no contemplaba todas las corrientes generadas dentro del establecimiento, particularmente aquellas vinculadas con los sistemas de refrigeración y sanitarios.
El diagnóstico terminó así concentrado en cuatro cuestiones derivadas de los caudales calculados mediante estimaciones; las corrientes insuficientemente caracterizadas; un exceso de DBO y las contingencias que no comprendían todos los escenarios analizados.
Un permiso excepcional frenado
A los reparos ambientales se agregó un problema jurídico derivado de la Ley 3.295 de Gestión Ambiental del Agua que establece como regla general la prohibición de volcar efluentes líquidos industriales a la red pluvial, cursos y cuerpos de agua superficial y la vía pública.
La misma norma contempla una excepción cuando fue rechazada la posibilidad de descargar a la red cloacal y existe una situación de emergencia acreditada.
Pero esa autorización debe mantenerse únicamente durante el período en que subsista la situación que la originó y respetar las condiciones y parámetros establecidos por la autoridad.
En Central Costanera, ese requisito terminó siendo determinante al punto que la Procuración General de la Ciudad concluyó que no había sido acreditada una situación de emergencia que justificara conceder el permiso excepcional.
Tampoco estaba establecido durante cuánto tiempo deberían continuar los vuelcos y el área jurídica de APRA advirtió además que la descarga estaba vinculada con el funcionamiento productivo habitual de la central.
Se entendió entonces que conceder sucesivamente permisos excepcionales para sostener esa operación podía, según el organismo, terminar desnaturalizando la excepción prevista por la ley.
Por eso, la publicación simultánea de los expedientes contra ambas centrales permite observar una discusión que excede una autorización puntual.
Las grandes centrales térmicas necesitan agua para mantener procesos esenciales de generación, refrigeración.
Pero esa utilización queda atravesada por una cadena regulatoria que comienza en la captación y termina en las características del líquido que vuelve al ambiente.