El Gobierno de Javier Milei sigue desregulando la venta de medicamentos. Ahora, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) estableció la condición de venta libre para diez grupos de medicamentos que hasta ahora solo podían adquirirse con receta médica pero el paciente deberá afrontar el costo total.
La medida fue oficializada mediante la Disposición 4714/2026 y alcanza a todas las especialidades medicinales inscriptas en el Registro de Especialidades Medicinales (REM) que contengan los principios activos y presentaciones contemplados en la norma.
Con este cambio, los medicamentos podrán venderse sin prescripción médica. Sin embargo, al pasar a la categoría de venta libre, dejarán de tener cobertura de obras sociales y empresas de medicina prepaga, por lo que los pacientes deberán afrontar el costo total de la compra.
Los medicamentos que pasan a ser de venta libre
La disposición comprende los siguientes ingredientes farmacéuticos activos y presentaciones:
- Trimebutina maleato 100 mg (comprimidos y cápsulas).
- Levocetirizina diclorhidrato 5 mg y 5 mg/ml (comprimidos, cápsulas y solución oral).
- Fexofenadina clorhidrato 60 mg, 120 mg y 6 mg/ml (comprimidos, cápsulas y solución oral).
- Dimenhidrinato 50 mg (comprimidos y cápsulas).
- Nafazolina clorhidrato + feniramina maleato (solución oftálmica estéril).
- Olopatadina clorhidrato al 0,1% y 0,2% (colirio).
- Carboximetilcisteína al 5% (jarabe o solución oral).
- Cloruro de aluminio hexahidratado al 20% (loción tópica).
- Carbonato de calcio + tintura de árnica montana + nitrato de plata (polvo para uso oral y tópico).
- Ivermectina al 0,5% en loción de uso tópico.
Por qué ANMAT autorizó el cambio
Para aprobar el cambio de condición de expendio, la ANMAT evaluó que estos medicamentos hubieran permanecido al menos cinco años en el mercado argentino bajo receta médica sin registrar efectos adversos graves que modificaran su perfil de seguridad. El análisis incluyó los datos del Sistema Nacional de Farmacovigilancia y de la base internacional de reacciones adversas de la Organización Mundial de la Salud.
El organismo concluyó que los productos presentan un bajo riesgo de provocar reacciones adversas graves relacionadas con la dosis y un riesgo muy bajo de generar eventos serios independientes de la cantidad administrada. Además, consideró antecedentes regulatorios de agencias sanitarias de Europa, Estados Unidos, Brasil y Colombia, donde estos medicamentos ya se comercializan sin receta médica.
La disposición también señala que los medicamentos “demostraron eficacia y seguridad para el alivio de síntomas fácilmente reconocibles por los usuarios y cuentan con un amplio margen terapéutico, aunque deberán utilizarse respetando la duración del tratamiento y la posología aprobadas”.
Cómo será la implementación
La normativa establece que los laboratorios podrán seguir comercializando los lotes producidos antes de la entrada en vigencia de la disposición con los envases y prospectos actuales.
En cambio, los productos fabricados posteriormente deberán adecuar su rotulado, indicar la condición de venta libre e incorporar los nuevos prospectos previstos por la ANMAT. La disposición entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial.