Un proyecto de ley ingresó a la Legislatura del Chaco con el objetivo de crear un Sistema de Denuncia Ambiental Anónima que permita a cualquier persona informar hechos de contaminación, daño ecológico o presuntas infracciones a la normativa ambiental sin necesidad de identificarse.
La iniciativa, impulsada por el diputado provincial Adrián Zukiewicz, de La Libertad Avanza, propone el desarrollo de una plataforma digital gratuita integrada a los sistemas informáticos de ECOM Chaco S.A., desde donde las denuncias serán recibidas, registradas, clasificadas y derivadas para su verificación por parte de la autoridad ambiental.
Uno de los ejes centrales del proyecto establece que cada denuncia deberá ser inspeccionada oficialmente en un plazo máximo de 72 horas corridas. En aquellos casos donde exista un riesgo actual o inminente para la salud de la población, el ambiente o los recursos naturales, la intervención deberá realizarse con carácter urgente.
La autoridad de aplicación será la Subsecretaría de Ambiente, dependiente del Ministerio de Producción y Desarrollo Económico Sostenible, organismo que actualmente ejerce el poder de policía ambiental en la provincia.
Según los fundamentos de la iniciativa, el objetivo es facilitar la detección temprana de hechos de contaminación y agilizar la respuesta estatal frente a situaciones como quema de residuos, vertido de líquidos cloacales, emisiones de humo, derrames de sustancias químicas u otras afectaciones ambientales.
Cómo funcionará el sistema de denuncias ambientales anónimas en Chaco
El proyecto establece que la plataforma permitirá indicar la ubicación exacta del hecho denunciado mediante una dirección, referencias del lugar o coordenadas GPS. Además, los usuarios podrán describir el tipo de contaminación detectada, informar los días y horarios en los que ocurre con mayor frecuencia y adjuntar fotografías, videos, documentos u otros archivos digitales que sirvan como respaldo.
En caso de contar con esa información, también será posible aportar datos sobre el presunto responsable, como el nombre de una empresa, la razón social de un establecimiento, el dominio de un vehículo u otra referencia útil para orientar la investigación. Sin embargo, el proyecto aclara que la ausencia de estos datos no impedirá que la denuncia sea admitida.
Cada presentación generará un código de seguimiento único y anónimo para que el denunciante pueda consultar el estado del trámite sin revelar su identidad.
La iniciativa también aclara que la denuncia funcionará como un mecanismo para poner en marcha la actuación del Estado, pero no constituirá por sí sola una prueba judicial suficiente.
Para ello, la autoridad ambiental deberá realizar una inspección oficial documentada mediante actas, registros fotográficos, georreferenciación del sitio y, cuando corresponda, toma de muestras con cadena de custodia. Esa documentación tendrá carácter de instrumento público y podrá incorporarse como prueba en procesos administrativos, civiles, contravencionales o penales.
Qué garantías de confidencialidad contempla el proyecto
Uno de los aspectos destacados de la propuesta es la protección de la identidad de quienes denuncien hechos de contaminación ambiental. El texto establece que la plataforma no podrá exigir datos personales ni almacenar información que permita identificar al denunciante, salvo la estrictamente necesaria para el funcionamiento técnico del sistema.
Además, prohíbe expresamente que cualquier agente público impulse acciones de hostigamiento, intimidación o represalias contra personas sospechadas de haber realizado una denuncia ambiental anónima.
Si durante la inspección oficial no se comprueba el hecho denunciado o no se detectan infracciones a la normativa vigente, las actuaciones deberán archivarse mediante una resolución fundada. Esa circunstancia tampoco podrá utilizarse para intentar identificar al denunciante ni para iniciar acciones contra personas indeterminadas.
En los fundamentos del proyecto, Zukiewicz sostuvo que, si bien Chaco cuenta con normas de protección ambiental como la Ley 783-R de Preservación y Recuperación del Medio Ambiente y la Ley 2026-R de Biocidas, actualmente no existe un régimen específico que regule un sistema de denuncias ambientales anónimas con garantías de confidencialidad y un procedimiento claro para generar prueba válida.
El legislador también afirmó que la implementación de la iniciativa no implicaría nuevas erogaciones para el Estado provincial, ya que la plataforma se incorporaría a la infraestructura informática existente de ECOM Chaco y las tareas de fiscalización continuarían a cargo de la Subsecretaría de Ambiente.
En caso de ser aprobada, la ley deberá ser reglamentada por el Poder Ejecutivo dentro de los 60 días corridos posteriores a su promulgación, incluyendo los protocolos técnicos de verificación, funcionamiento operativo y preservación de la cadena de custodia de las pruebas.