La Justicia bonaerense dejó firme la sentencia que obliga a la empresa Naviera Lojda S.A. a reparar el daño ambiental provocado en el humedal de Paso del Tonelero, en el partido de Ramallo.
La resolución ordena, entre otras medidas, retirar el material de relleno utilizado para cubrir unas 2 hectáreas de humedal y avanzar con “un plan integral de restauración del ecosistema”.
La decisión fue adoptada luego de que la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires rechazara un recurso extraordinario presentado por la compañía. De esta manera, quedó firme el fallo de primera instancia del 17 de julio de 2025, posteriormente confirmado por la Cámara Primera de Apelación en lo Civil y Comercial de San Nicolás en octubre de ese año.
El expediente, iniciado en 2012 por vecinos y personas afectadas, entra ahora en una nueva etapa: la ejecución de las medidas de recomposición ambiental ordenadas por la Justicia.
Qué pasó en el humedal de Paso del Tonelero
El conflicto se originó por intervenciones realizadas sobre un sector de bañados y humedales costeros de alto valor ecológico. Después de años de trámites, peritajes y análisis técnicos, la Justicia concluyó que las actividades desarrolladas en el predio provocaron alteraciones significativas sobre el ambiente natural.
Uno de los elementos centrales del expediente fue la pericia realizada por el ingeniero en Seguridad Ambiental Guillermo Eduardo Cuadranti. Según el informe técnico, aproximadamente 20.000 metros cuadrados de humedal fueron cubiertos con unos 60.000 metros cúbicos de material de relleno.
El material generó elevaciones artificiales de entre 2,50 y 3,50 metros sobre la superficie original del terreno.
De acuerdo con la pericia, antes de la intervención el área estaba conformada por terrenos bajos y periódicamente inundables, con vegetación característica de los humedales y bañados ribereños.
El informe concluyó que las obras alteraron profundamente las condiciones naturales del ecosistema y provocaron la pérdida de las características que tenía el ambiente antes de la intervención.
Qué deberá hacer la empresa Naviera Lojda S.A.
La sentencia ordena una serie de trabajos para recuperar, en la medida de lo posible, las condiciones originales del sector afectado.
Una de las principales medidas es la remoción del material de relleno incorporado sobre el humedal. Para hacerlo, deberán utilizarse maquinarias que permitan recuperar la topografía natural del terreno.
También se ordenó retirar los cercados instalados alrededor del predio, con el objetivo de favorecer la recuperación de la dinámica ecológica del ambiente.
Otro de los trabajos previstos es la extracción y reubicación de los pinos presentes en el área, debido a que no forman parte de la vegetación nativa del ecosistema. Además, deberá diseñarse e implementarse un programa de restauración forestal con especies autóctonas.
Las tareas podrán coordinarse con organismos especializados, entre ellos el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA), de acuerdo con lo establecido en el expediente.
Naviera Lojda S.A. deberá presentar un plan detallado de recomposición ambiental para su evaluación y seguimiento.
La ejecución de las medidas estará bajo la supervisión del Ministerio de Ambiente de la provincia de Buenos Aires, que deberá controlar el cumplimiento de las obligaciones establecidas por la Justicia.
El fallo también incorporó disposiciones vinculadas con la operatoria de bombeo y descarga de arena que se realiza en el establecimiento. Entre ellas, establece que determinadas actividades deberán realizarse con los portones de la planta cerrados, en función de las mediciones acústicas incorporadas al expediente.
Una causa judicial que comenzó en 2012
La causa comenzó hace más de una década, cuando vecinos de la zona y personas afectadas presentaron una acción de amparo ambiental para cuestionar las intervenciones realizadas sobre el sector de humedales.
A partir de los peritajes y estudios incorporados al expediente, la Justicia determinó la existencia de un daño ambiental y ordenó medidas destinadas a recomponer el ecosistema.
Con el rechazo del recurso extraordinario presentado por la empresa, la sentencia quedó firme y el eje del proceso pasa ahora de la discusión judicial a la ejecución de las medidas de restauración.
El caso pone nuevamente el foco en la obligación de recomponer los daños provocados sobre ecosistemas de alto valor ambiental y en el rol del Estado en el seguimiento de las medidas de reparación.